Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Fuerzas Armadas. Plantillas. (BOE-A-2025-4880)
Real Decreto 198/2025, de 11 de marzo, por el que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas para el periodo 2025-2029.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Miércoles 12 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 33164

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 198/2025, de 11 de marzo, por el que se fijan las plantillas
reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales de las Fuerzas
Armadas para el periodo 2025-2029.

El apartado 3 del artículo 16 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar,
establece que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, fijará con
vigencia para periodos cuatrienales las plantillas reglamentarias de oficiales generales,
oficiales y suboficiales por cuerpos, escalas y empleos de los militares de carrera, excepto
los correspondientes a los dos primeros empleos, cuyos efectivos serán los que resulten
de las provisiones de plazas y de la aplicación del sistema de ascensos por antigüedad.
El Real Decreto 276/2021, de 13 de abril, por el que se fijan las plantillas
reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas
para el periodo 2021-2025, establece su vigencia hasta el 30 de junio del año 2025.
Igualmente, las disposiciones transitorias cuarta, apartado 16, y quinta, apartado 8,
de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, habilitan al Ministro de Defensa para determinar
las plantillas de las escalas a extinguir de oficiales y las plantillas de los militares de
complemento, diferenciando las de militares de carrera; y por otro lado, la disposición
derogatoria única, apartado 2, de la citada ley de la carrera militar mantiene en vigor la
disposición transitoria tercera, «Régimen del personal de escalas a extinguir», de la
Ley 17/1999, de 18 de mayo, de régimen de personal de las Fuerzas Armadas.
En cuanto a la evolución de las plantillas que se aprueban en relación con las
anteriormente vigentes, durante el proceso de planeamiento de la Defensa, el Jefe de
Estado Mayor de la Defensa ha manifestado en reiteradas ocasiones la necesidad de
incrementar el número global de efectivos de las Fuerzas Amadas para poder hacer
frente a la aparición de nuevas amenazas y ámbitos de actuación (Ciberdefensa, nuevos
dominios del Ejercito del Aire y del Espacio, etc.), así como a la creciente demanda de
personal de las estructuras de mando y control, tanto nacionales como de las
organizaciones internacionales a las que pertenece España (UE y OTAN), que no
pueden ser ajenas a la actual coyuntura geopolítica.
Por otro lado, las previsiones presupuestarias que apuntan hacia un 2 % del PIB
dedicado a la Defensa, recomiendan planificar, a medio y largo plazo, un escenario de
recursos humanos superior al actual.
Durante su tramitación, este real decreto ha sido informado por el Ministerio de
Hacienda y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Asimismo, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de
derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, se ha dado conocimiento
de esta disposición a las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de
Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, y, con arreglo a lo
establecido en el artículo 49.1.b) de la citada ley orgánica, ha tenido conocimiento y ha
sido oído el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de marzo de 2025,
DISPONGO:
Artículo 1.

Aprobación de las plantillas.

1. Se aprueban las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y
suboficiales, militares de carrera, por cuerpos, escalas, y empleos, excepto los

cve: BOE-A-2025-4880
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