Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-4821)
Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 32933
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4821
Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las
subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
sostenible y la solidaridad global.
La Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, establece la regulación del régimen jurídico de la política española de
cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, entendiendo por tal
aquella que define los principios, objetivos, prioridades, instrumentos y recursos que
España despliega, como política pública, a través de su acción exterior para contribuir,
de manera coherente y en todas sus dimensiones, a las metas globales de desarrollo
sostenible establecidas por las Naciones Unidas, en la actualidad la Agenda 2030, la
Agenda de Financiación del Desarrollo Sostenible, la Alianza Global para la Cooperación
Eficaz al Desarrollo, el Acuerdo de París en el ámbito climático, la Unión Europea y otras
instancias multilaterales, y la estrategia española de desarrollo sostenible en su
dimensión exterior.
La nueva ley de cooperación española responde a los cambios que se han producido
en el ámbito de la cooperación internacional a escala mundial desde la adopción de la
anterior Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que
demandan nuevos instrumentos para generar, fomentar y gestionar alianzas para el
desarrollo sostenible con actores de cooperación diversos, tales como los gobiernos de
los países socios, las instituciones europeas, los organismos multilaterales, la
cooperación descentralizada, las entidades de la sociedad civil, el sector privado, las
universidades y la academia o las organizaciones sindicales. Entre sus principios básicos
se incluyen la igualdad de género y el empoderamiento de mujeres, niñas y
adolescentes, desde un enfoque feminista, como un elemento imprescindible, transversal
y distintivo de la cooperación española.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, vino a cubrir un
espacio básico en la regulación jurídica general de la actividad de fomento en España,
con dos propósitos esenciales: insertar las subvenciones en principios de buena gestión
administrativa, como son los de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia; y, de otra parte, disciplinar el uso de los
recursos presupuestarios, garantizando un adecuado control de los mismos.
Estos objetivos, de carácter general, afectan a todas las subvenciones y ayudas
públicas, incluidas las que se otorgan en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
sostenible. Sin embargo, las especiales características de esta política pública, tanto por
razón del objeto de la actividad como por la naturaleza de los personas o entidades
destinatarias de los fondos públicos, hacen necesaria la adaptación de la regulación
general a las características de esta actividad de fomento, exceptuando algunos
principios y aspectos recogidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como
complementando la regulación general con las particularidades derivadas de las
intervenciones ejecutadas en el ámbito de la política española de cooperación para el
desarrollo sostenible, como manifestación de la acción exterior del Estado.
Atendiendo a esta unidad de acción política que impulsa el conjunto de la
cooperación internacional para el desarrollo, se aprobó el Real Decreto 794/2010, de 16
de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación
internacional, en base a la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17
cve: BOE-A-2025-4821
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 32933
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4821
Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las
subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
sostenible y la solidaridad global.
La Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, establece la regulación del régimen jurídico de la política española de
cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, entendiendo por tal
aquella que define los principios, objetivos, prioridades, instrumentos y recursos que
España despliega, como política pública, a través de su acción exterior para contribuir,
de manera coherente y en todas sus dimensiones, a las metas globales de desarrollo
sostenible establecidas por las Naciones Unidas, en la actualidad la Agenda 2030, la
Agenda de Financiación del Desarrollo Sostenible, la Alianza Global para la Cooperación
Eficaz al Desarrollo, el Acuerdo de París en el ámbito climático, la Unión Europea y otras
instancias multilaterales, y la estrategia española de desarrollo sostenible en su
dimensión exterior.
La nueva ley de cooperación española responde a los cambios que se han producido
en el ámbito de la cooperación internacional a escala mundial desde la adopción de la
anterior Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que
demandan nuevos instrumentos para generar, fomentar y gestionar alianzas para el
desarrollo sostenible con actores de cooperación diversos, tales como los gobiernos de
los países socios, las instituciones europeas, los organismos multilaterales, la
cooperación descentralizada, las entidades de la sociedad civil, el sector privado, las
universidades y la academia o las organizaciones sindicales. Entre sus principios básicos
se incluyen la igualdad de género y el empoderamiento de mujeres, niñas y
adolescentes, desde un enfoque feminista, como un elemento imprescindible, transversal
y distintivo de la cooperación española.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, vino a cubrir un
espacio básico en la regulación jurídica general de la actividad de fomento en España,
con dos propósitos esenciales: insertar las subvenciones en principios de buena gestión
administrativa, como son los de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia; y, de otra parte, disciplinar el uso de los
recursos presupuestarios, garantizando un adecuado control de los mismos.
Estos objetivos, de carácter general, afectan a todas las subvenciones y ayudas
públicas, incluidas las que se otorgan en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
sostenible. Sin embargo, las especiales características de esta política pública, tanto por
razón del objeto de la actividad como por la naturaleza de los personas o entidades
destinatarias de los fondos públicos, hacen necesaria la adaptación de la regulación
general a las características de esta actividad de fomento, exceptuando algunos
principios y aspectos recogidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como
complementando la regulación general con las particularidades derivadas de las
intervenciones ejecutadas en el ámbito de la política española de cooperación para el
desarrollo sostenible, como manifestación de la acción exterior del Estado.
Atendiendo a esta unidad de acción política que impulsa el conjunto de la
cooperación internacional para el desarrollo, se aprobó el Real Decreto 794/2010, de 16
de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación
internacional, en base a la disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17
cve: BOE-A-2025-4821
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