Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-4891)
Orden TES/234/2025, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33292
Veintiuno. Se modifica la segunda columna de la letra a) del programa P15
«Programa para el fomento territorial del empleo» que figura en el anexo, que queda
redactada como sigue:
«37.059 euros por contrato y año.
La convocatoria podrá prever que la subvención concedida por cada persona
contratada como personal técnico en gestión de desarrollo local pueda prorrogarse
por períodos anuales, hasta un máximo de cuatro años.»
Veintidós. Se modifica la segunda columna de la letra b) del programa P15
«Programa para el fomento territorial del empleo» que figura en el anexo, que queda
redactada como sigue:
«Para la financiación de costes salariales, las cuantías de las subvenciones
por contrato y año serán las siguientes:
– Para la Directora o Director: 44.471 euros.
– Para el personal técnico: 37.059 euros.
– Para el personal de apoyo: 29.647 euros.
Para el caso de que se financien otros gastos de funcionamiento: hasta el 25
por ciento del importe subvencionado por los costes de personal señalados
anteriormente.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-4891
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de marzo de 2025.–La Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda
Díaz Pérez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33292
Veintiuno. Se modifica la segunda columna de la letra a) del programa P15
«Programa para el fomento territorial del empleo» que figura en el anexo, que queda
redactada como sigue:
«37.059 euros por contrato y año.
La convocatoria podrá prever que la subvención concedida por cada persona
contratada como personal técnico en gestión de desarrollo local pueda prorrogarse
por períodos anuales, hasta un máximo de cuatro años.»
Veintidós. Se modifica la segunda columna de la letra b) del programa P15
«Programa para el fomento territorial del empleo» que figura en el anexo, que queda
redactada como sigue:
«Para la financiación de costes salariales, las cuantías de las subvenciones
por contrato y año serán las siguientes:
– Para la Directora o Director: 44.471 euros.
– Para el personal técnico: 37.059 euros.
– Para el personal de apoyo: 29.647 euros.
Para el caso de que se financien otros gastos de funcionamiento: hasta el 25
por ciento del importe subvencionado por los costes de personal señalados
anteriormente.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-4891
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de marzo de 2025.–La Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda
Díaz Pérez.
https://www.boe.es
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