Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-9021)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión de deslinde aprobado por OM de 6 de marzo de 2025, en el tramo de unos 495 m, comprendido aproximadamente entre los vértices A-21 y A-39 y la rectificación de la anchura de la servidumbre de protección en el tramo de unos 6.306 m, comprendido aproximadamente entre los vértices A-1 y A-173, del deslinde aprobado por O.M. de 12 de febrero de 1999, en el término municipal de Ayamonte (Huelva). Refª DES01/99/21/0003-DES07/01.DL-32-HUELVA.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 13640
resolución.
El expediente incluye el proyecto, suscrito en junio de 2024 y contiene, los
apartados siguientes:
a) Memoria, que contiene entre otros los siguientes apartados:
- Resumen de actuaciones de deslinde.
- Documentación fotográfica.
- Estudio técnico preliminar para la delimitación del DPM-T en la zona de
marismas de las inmediaciones del Mausoleo Romano de Punta del Moral, término
municipal de Ayamonte (Huelva), suscrito por Tragsatec en marzo de 2023.
- Alegaciones planteadas y contestación a las mismas.
- Justificación de la línea de deslinde y la servidumbre de protección.
b) Planos suscritos el 23 de febrero de 2024.
c) Pliego de condiciones para el amojonamiento.
d) Presupuesto estimado.
X) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
26 de junio de 2024, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se otorgó un período de audiencia a los interesados,
para examinar el expediente y presentar, los escritos, documentos y pruebas que
estimasen convenientes. El anuncio de notificación de dicho trámite fue publicado,
asimismo, en aplicación del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
Boletín Oficial del Estado el día 12 de julio de 2024, y en el Boletín Oficial de la
Provincia el día 23 de julio de 2024.
XI) Con fecha 29 de octubre de 2024, el Servicio Periférico de Costas en
Huelva, remitió el resultado del trámite de audiencia, transcurrido el cual no se
presentaron alegaciones.
XII) Con fecha 27 de enero de 2025, el Servicio Jurídico de este Ministerio
emitió informe en el que indica que "se considera necesario aclarar si la línea de
deslinde se hubiera mantenido igual de haber aplicado el artículo 6.2 del RGC en
su redacción anterior a la modificación del RD 668/2022, dada la anulación de
este"".
1) Examinado el expediente y el proyecto de deslinde, se considera correcta la
tramitación del mismo y conforme con lo dispuesto en la Ley 22/1988, de 28 de
julio, de Costas y en el Reglamento General de Costas aprobado por R.D. 876/
2014, de 10 de octubre.
Hay que señalar que la línea de deslinde propuesta no resulta afectada por la
STS que anula la modificación del Reglamento General de Costas aprobada por el
R.D. 668/2022, de 1 de agosto, por las siguientes razones:
cve: BOE-B-2025-9021
Verificable en https://www.boe.es
CONSIDERACIONES:
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 13640
resolución.
El expediente incluye el proyecto, suscrito en junio de 2024 y contiene, los
apartados siguientes:
a) Memoria, que contiene entre otros los siguientes apartados:
- Resumen de actuaciones de deslinde.
- Documentación fotográfica.
- Estudio técnico preliminar para la delimitación del DPM-T en la zona de
marismas de las inmediaciones del Mausoleo Romano de Punta del Moral, término
municipal de Ayamonte (Huelva), suscrito por Tragsatec en marzo de 2023.
- Alegaciones planteadas y contestación a las mismas.
- Justificación de la línea de deslinde y la servidumbre de protección.
b) Planos suscritos el 23 de febrero de 2024.
c) Pliego de condiciones para el amojonamiento.
d) Presupuesto estimado.
X) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
26 de junio de 2024, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se otorgó un período de audiencia a los interesados,
para examinar el expediente y presentar, los escritos, documentos y pruebas que
estimasen convenientes. El anuncio de notificación de dicho trámite fue publicado,
asimismo, en aplicación del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
Boletín Oficial del Estado el día 12 de julio de 2024, y en el Boletín Oficial de la
Provincia el día 23 de julio de 2024.
XI) Con fecha 29 de octubre de 2024, el Servicio Periférico de Costas en
Huelva, remitió el resultado del trámite de audiencia, transcurrido el cual no se
presentaron alegaciones.
XII) Con fecha 27 de enero de 2025, el Servicio Jurídico de este Ministerio
emitió informe en el que indica que "se considera necesario aclarar si la línea de
deslinde se hubiera mantenido igual de haber aplicado el artículo 6.2 del RGC en
su redacción anterior a la modificación del RD 668/2022, dada la anulación de
este"".
1) Examinado el expediente y el proyecto de deslinde, se considera correcta la
tramitación del mismo y conforme con lo dispuesto en la Ley 22/1988, de 28 de
julio, de Costas y en el Reglamento General de Costas aprobado por R.D. 876/
2014, de 10 de octubre.
Hay que señalar que la línea de deslinde propuesta no resulta afectada por la
STS que anula la modificación del Reglamento General de Costas aprobada por el
R.D. 668/2022, de 1 de agosto, por las siguientes razones:
cve: BOE-B-2025-9021
Verificable en https://www.boe.es
CONSIDERACIONES: