Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-4733)
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 32433
Las comisiones quedarán válidamente constituidas con la presencia de todos sus
miembros. Si alguno de los miembros titulares no pudiera asistir, será sustituido por el
correspondiente suplente, garantizando el principio de composición paritaria entre
mujeres y hombres, excepto que no sea posible por razones fundadas y objetivas
debidamente motivadas.
En el acto de constitución, la Comisión de Selección establecerá los criterios de
valoración, teniendo en cuenta las directrices establecidas en el anexo IV de la normativa
por la que se regula el procedimiento para la selección de Personal Docente e Investigador
(https://sede.udc.gal/services/electronic_board/EXP2024/008762). La presidencia de la
Comisión de Selección los enviará al Servicio de PDI (servizo.pdi@udc.es) para su
publicación en el TEO.
Para la válida actuación de las comisiones se requiere, al menos, la asistencia de
cuatro de sus miembros.
Los acuerdos de las comisiones serán motivados y se adoptarán por mayoría. En el
caso de empate decidirá el voto de calidad de la presidencia.
La participación de los miembros ajenos a la UDC se realizará por defecto a través
de los medios telemáticos institucionales. Los miembros de la UDC actuarán en el centro
al que esté adscrito el departamento que solicite la plaza o, excepcionalmente, en el
centro de la UDC del que formen parte la mayoría de los miembros de la comisión.
Los miembros de la Comisión de Selección tendrán derecho a percibir las
indemnizaciones establecidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio, sobre
indemnizaciones por razón del servicio al personal con destino en la Administración
autonómica de Galicia.
5.2
Desarrollo del concurso.
a) La primera prueba consistirá en la exposición y defensa oral de los méritos y el
historial académico, docente, investigador, incluyendo el de transferencia e intercambio
del conocimiento, de gestión. La exposición no podrá exceder de los sesenta minutos, e
irá seguida de un debate con la comisión durante un tiempo máximo de dos horas. Tras
finalizar la prueba, cada miembro de la comisión emitirá un informe razonado y ajustado
a los criterios de valoración previamente fijados. Para superar la primera prueba será
necesario obtener como mínimo tres votos favorables.
El acta de votación se publicará en el TEO junto con la convocatoria para la segunda
prueba, que incluirá la fecha, la hora y el lugar de entrega en formato electrónico de los
proyectos docente e investigador y la fecha, la hora y el lugar de inicio de la realización
de las pruebas junto con el orden de intervención de las personas aspirantes.
b) El proyecto docente que deberá corresponder a una materia obligatoria o de
formación básica del área de conocimiento a que se adscriba la plaza. Tendrá una
extensión máxima de 100.000 caracteres (incluidos espacios) y se deberá referir, por lo
menos, a los siguientes aspectos: datos descriptivos de la materia, sentido de la materia
en el plan de estudios, objetivos, desarrollo del temario, metodología de enseñanzaaprendizaje, bibliografía y criterios de evaluación.
cve: BOE-A-2025-4733
Verificable en https://www.boe.es
5.2.1 Una vez publicados los criterios de valoración, la presidencia de la comisión
realizará la convocatoria para el acto de presentación, con una antelación mínima de
siete días hábiles, que incluirá el lugar, la fecha y la hora de presentación. A estos
efectos la presidencia de la comisión enviará esta convocatoria al Servicio de PDI con
antelación suficiente para su publicación en el TEO.
En el acto de presentación, que será público, las personas candidatas entregarán a
la presidencia de la comisión el currículum y la documentación acreditativa de los méritos
en soporte electrónico (ver indicaciones en anexo IV). De no actuar presencialmente la
persona que ocupe la presidencia, se la entregará a quien ocupe la secretaría o a quien
desempeñe las funciones de custodia de la documentación.
5.2.2 El concurso constará de dos pruebas, ambas de carácter público y
eliminatorio:
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 32433
Las comisiones quedarán válidamente constituidas con la presencia de todos sus
miembros. Si alguno de los miembros titulares no pudiera asistir, será sustituido por el
correspondiente suplente, garantizando el principio de composición paritaria entre
mujeres y hombres, excepto que no sea posible por razones fundadas y objetivas
debidamente motivadas.
En el acto de constitución, la Comisión de Selección establecerá los criterios de
valoración, teniendo en cuenta las directrices establecidas en el anexo IV de la normativa
por la que se regula el procedimiento para la selección de Personal Docente e Investigador
(https://sede.udc.gal/services/electronic_board/EXP2024/008762). La presidencia de la
Comisión de Selección los enviará al Servicio de PDI (servizo.pdi@udc.es) para su
publicación en el TEO.
Para la válida actuación de las comisiones se requiere, al menos, la asistencia de
cuatro de sus miembros.
Los acuerdos de las comisiones serán motivados y se adoptarán por mayoría. En el
caso de empate decidirá el voto de calidad de la presidencia.
La participación de los miembros ajenos a la UDC se realizará por defecto a través
de los medios telemáticos institucionales. Los miembros de la UDC actuarán en el centro
al que esté adscrito el departamento que solicite la plaza o, excepcionalmente, en el
centro de la UDC del que formen parte la mayoría de los miembros de la comisión.
Los miembros de la Comisión de Selección tendrán derecho a percibir las
indemnizaciones establecidas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio, sobre
indemnizaciones por razón del servicio al personal con destino en la Administración
autonómica de Galicia.
5.2
Desarrollo del concurso.
a) La primera prueba consistirá en la exposición y defensa oral de los méritos y el
historial académico, docente, investigador, incluyendo el de transferencia e intercambio
del conocimiento, de gestión. La exposición no podrá exceder de los sesenta minutos, e
irá seguida de un debate con la comisión durante un tiempo máximo de dos horas. Tras
finalizar la prueba, cada miembro de la comisión emitirá un informe razonado y ajustado
a los criterios de valoración previamente fijados. Para superar la primera prueba será
necesario obtener como mínimo tres votos favorables.
El acta de votación se publicará en el TEO junto con la convocatoria para la segunda
prueba, que incluirá la fecha, la hora y el lugar de entrega en formato electrónico de los
proyectos docente e investigador y la fecha, la hora y el lugar de inicio de la realización
de las pruebas junto con el orden de intervención de las personas aspirantes.
b) El proyecto docente que deberá corresponder a una materia obligatoria o de
formación básica del área de conocimiento a que se adscriba la plaza. Tendrá una
extensión máxima de 100.000 caracteres (incluidos espacios) y se deberá referir, por lo
menos, a los siguientes aspectos: datos descriptivos de la materia, sentido de la materia
en el plan de estudios, objetivos, desarrollo del temario, metodología de enseñanzaaprendizaje, bibliografía y criterios de evaluación.
cve: BOE-A-2025-4733
Verificable en https://www.boe.es
5.2.1 Una vez publicados los criterios de valoración, la presidencia de la comisión
realizará la convocatoria para el acto de presentación, con una antelación mínima de
siete días hábiles, que incluirá el lugar, la fecha y la hora de presentación. A estos
efectos la presidencia de la comisión enviará esta convocatoria al Servicio de PDI con
antelación suficiente para su publicación en el TEO.
En el acto de presentación, que será público, las personas candidatas entregarán a
la presidencia de la comisión el currículum y la documentación acreditativa de los méritos
en soporte electrónico (ver indicaciones en anexo IV). De no actuar presencialmente la
persona que ocupe la presidencia, se la entregará a quien ocupe la secretaría o a quien
desempeñe las funciones de custodia de la documentación.
5.2.2 El concurso constará de dos pruebas, ambas de carácter público y
eliminatorio: