Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4675)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el segundo Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la actualización hidrogeológica de diferentes masas de agua subterránea como apoyo a la planificación hidrológica 2025-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Sábado 8 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31472

Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (artículos 11 y 13.1),
de 5 de diciembre de 2023 (BOE de 18 de diciembre de 2023).
Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para celebrar este
convenio, en nombre de las entidades que representan, y en uso de las atribuciones que
les otorga su propio cargo
EXPONEN
Primero.
Que el CSIC, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un organismo público
de investigación (OPI) constituido actualmente como Agencia Estatal y adscrito al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de
Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión
de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de
contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias.
El CSIC, en su condición de Agencia Estatal, se rige por lo establecido en los
artículos 108 bis a 108 sexies de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y por las disposiciones de su Estatuto, aprobado por Real
Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.
Segundo.
Que el artículo 5.1.j de su Estatuto atribuye al CSIC entre sus funciones la de
«informar, asistir y asesorar en materia de ciencia y tecnología a entidades públicas y
privadas, conforme a principios de suficiencia financiera, imparcialidad, independencia y
confidencialidad».
Tercero.
Que el Instituto Geológico y Minero de España-CSIC (en adelante IGME-CSIC), es
un Centro Nacional del CSIC, sin personalidad jurídica diferenciada, previsto en el
artículo 26 bis de su estatuto, siendo el centro de investigación y servicios técnicos de
referencia y soporte para la política minera del Gobierno y de los Ministerios para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico y de Industria y Turismo, en especial en
materias relacionadas con las ciencias y tecnologías de la Tierra para cualquier
actuación sobre el territorio, las aguas continentales y el subsuelo, incluidos los de
carácter ambiental relacionados con suelos, recursos minerales e instalaciones de
eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

Que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (en adelante CHMS, O.A.), está
adscrita actualmente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
según el Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y
configurado como Organismo Autónomo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22
texto refundido de la Ley de Aguas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, con la naturaleza de organismo autónomo estatal de los previstos en el
artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Le corresponde, en el ámbito de su Demarcación Hidrográfica, la administración y el
control del dominio público hidráulico, la elaboración del plan hidrológico, su seguimiento
y revisión, la definición de objetivos y programas de calidad de acuerdo con la

cve: BOE-A-2025-4675
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.