Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4669)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la «Gestión Integrada de Servicios de Registro» como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31408

b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y puesta en producción de las modificaciones.
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
de la información. En especial hay que destacar la incorporación de cuantas mejoras y
nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de GEISER como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2. Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado GEISER de modo que la APBA pueda gestionar el servicio de gestión de
sus oficinas de registro de entrada/salida, como la recepción y envío de registros en las
unidades tramitadoras destinatarias de la documentación por la APBA.
3. Prestar el soporte técnico a usuarios y la atención a las incidencias y solicitudes
recibidas en relación con el funcionamiento de la aplicación, de acuerdo con lo señalado
en el presente documento.
4. Preparar cursos de formación del funcionamiento de GEISER para el personal
responsable de la utilización de la aplicación en la APBA.
5. Prestar el soporte técnico a usuarios según las condiciones recogidas en el
presente convenio.
6. Poner a disposición de la APBA el Servicio de GEISER, en los términos y
condiciones que se establecen en el presente convenio.
7. Asumir las obligaciones que le corresponden a la SGAD como encargado del
tratamiento de los datos personales incluidos en GEISER, de acuerdo con lo dispuesto en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
y demás normativa de aplicación en materia de protección de datos. Asimismo, la SGAD
asumirá las obligaciones derivadas del contrato de encargo contraído con la APBA.
La APBA se compromete a:
1. Administrar el funcionamiento de la gestión del servicio GEISER que cubre la
gestión de las oficinas de registro de entrada/salida, como la recepción y envío de
registros en las unidades tramitadoras destinatarias de la documentación.
2. Facilitar a la SGAD la información técnica y administrativa relacionada con su
gestión de sus registros oficiales de entrada y salida y el intercambio, tanto a nivel
interno como con otros organismos, de la documentación en formato electrónico que
acompaña a dichos registros, así como aquella que estime necesaria para el mejor
desarrollo y mantenimiento de GEISER.
3. Encargarse del primer nivel de soporte informático, con su personal informático,
o bien quien/quienes determine, de acuerdo con lo establecido en la cláusula cuarta.
4. Asumir las obligaciones que le corresponden al Centro Usuario como
responsable del tratamiento de los datos personales de los perceptores de la recepción y
envío de registros, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa
de aplicación en materia de protección de datos.

cve: BOE-A-2025-4669
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Núm. 58