Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4687)
Resolución de 27 de febrero de 2025, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, para el apoyo del proyecto Residencia Internacional de Neurociencia y Arte Museo del Prado-Fundación Tatiana/Prado Museum-Tatiana Foundation international neuroscience & art fellowship.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Sábado 8 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31592

Reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,
MANIFIESTAN
I. Que el Museo Nacional del Prado es un organismo público con personalidad
jurídica propia y plena capacidad de obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus
fines establecidos en la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo
Nacional del Prado.
II. Que el Museo Nacional del Prado tiene por objetivo la consecución de los
siguientes fines, en virtud del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
a. Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b. Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c. Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d. Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e. Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f. Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la disposición adicional decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo el Museo Nacional del Prado tienen la consideración de entidad
beneficiaria del mecenazgo.
IV. Que la Fundación Tatiana es una fundación patrimonial privada constituida el 9
de abril de 2012 con el objetivo de conservar y difundir el patrimonio histórico-artístico y
natural de Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y contribuir al progreso de la sociedad
mediante el apoyo a la investigación en Neurociencia y la formación cívica de los
jóvenes.
V. Que ambas partes han manifestado su voluntad de suscribir un convenio al
amparo del artículo 25 de Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

1. El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo
Nacional del Prado y la Fundación Tatiana para el apoyo del siguiente proyecto:
Residencia Internacional de Neurociencia y Arte del Museo Nacional del Prado con el
patrocinio de la Fundación Tatiana un proyecto en el que se invita a un neurocientífico de
prestigio, escogidos por un comité de selección, a una estancia en el Museo del Prado,
con el objeto de que conozcan mejor la colección y les sirva para su investigación sobre
la relación entre la Neurociencia y el Arte, que contribuya la difusión del museo y sus
colecciones en ese ámbito.

cve: BOE-A-2025-4687
Verificable en https://www.boe.es

Primera.