Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-4682)
Orden APA/223/2025, de 7 de marzo, por la que se establece, con carácter complementario a las ayudas directas al sector primario dispuestas en el artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, una ayuda destinada a titulares de explotaciones agrarias de cultivo de arroz situadas en el Parque Natural de La Albufera imposibilitadas para la siembra por la presencia de lodos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31531
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/223/2025, de 7 de marzo, por la que se establece, con carácter
complementario a las ayudas directas al sector primario dispuestas en el
artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, una ayuda
destinada a titulares de explotaciones agrarias de cultivo de arroz situadas en
el Parque Natural de La Albufera imposibilitadas para la siembra por la
presencia de lodos.
El octubre pasado, España sufrió la peor DANA de la que se tiene noticia en diversas
comunidades autónomas, entre las resultó particularmente afectada la Comunitat
Valenciana, con consecuencias especialmente graves y trágicas en determinados
municipios y zonas de la provincia de Valencia, en los que la intensidad de las
precipitaciones, que llegaron a superar en algunos puntos los 600 litros por metro
cuadrado en pocas horas dio lugar a inundaciones en decenas de municipios,
provocando 227 víctimas mortales, además de graves daños en carreteras y otras vías,
en viviendas y negocios y todo tipo de infraestructuras, tanto públicas como privadas.
El área afectada por la DANA, según datos de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, se estimó en 83.505,40 has, con 61.224,6 hectáreas correspondientes a terrenos
agrícolas anegados con diferentes graduaciones de daño sobre las infraestructuras
rurales existentes, repartidas por los diversos municipios, principalmente de la Comunitat
Valenciana, con incidencia también en Castilla-La Mancha y Andalucía.
El Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas
urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y
relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos
(DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024,
recogió un conjunto articulado de medidas para hacer frente a las consecuencias de
dicho fenómeno atmosférico, previendo en su título IV medidas en materia agraria, que
incluyen, en el artículo 24, una ayuda para compensar la pérdida de renta en las
explotaciones agrarias afectadas.
El ámbito de aplicación de estas medidas se ha extendido por medio de la
disposición adicional tercera del Real Decreto-Ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se
aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y
para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, a las producciones, parcelas,
explotaciones agrarias y elementos afectos a las mismas de la provincia de Valencia que,
habiendo sido gravemente afectados por la DANA, no se encuentren localizadas en el
término de los municipios previstos en el artículo 23 de dicho real decreto-ley
El apartado 7 del artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024 de 11 de noviembre, faculta
al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobar, mediante orden ministerial,
las modificaciones, adaptaciones y concreciones que resulten precisas.
En su virtud, esta orden establece una adaptación de la ayuda dispuesta por el citado
artículo 24, que permite ampliar el sistema de apoyo entonces diseñado, conforme se
han ido detectando necesidades específicas de ciertos tipos de operadores del sector
primario, con una asistencia diferenciada en función de cada tipo de situación.
El objeto de la ayuda es compensar las pérdidas de ingresos en las que van a incurrir
los agricultores del Parque Natural de la Albufera que, por la gravedad de los daños en
sus explotaciones debido a la acumulación de lodos, se ven imposibilitados para sembrar
arroz en la cosecha correspondiente a 2025.
A tal efecto, se establece una ayuda de 3.000 euros por hectárea, cuantía que
responde al cálculo del margen bruto estándar.
cve: BOE-A-2025-4682
Verificable en https://www.boe.es
4682
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31531
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/223/2025, de 7 de marzo, por la que se establece, con carácter
complementario a las ayudas directas al sector primario dispuestas en el
artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, una ayuda
destinada a titulares de explotaciones agrarias de cultivo de arroz situadas en
el Parque Natural de La Albufera imposibilitadas para la siembra por la
presencia de lodos.
El octubre pasado, España sufrió la peor DANA de la que se tiene noticia en diversas
comunidades autónomas, entre las resultó particularmente afectada la Comunitat
Valenciana, con consecuencias especialmente graves y trágicas en determinados
municipios y zonas de la provincia de Valencia, en los que la intensidad de las
precipitaciones, que llegaron a superar en algunos puntos los 600 litros por metro
cuadrado en pocas horas dio lugar a inundaciones en decenas de municipios,
provocando 227 víctimas mortales, además de graves daños en carreteras y otras vías,
en viviendas y negocios y todo tipo de infraestructuras, tanto públicas como privadas.
El área afectada por la DANA, según datos de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, se estimó en 83.505,40 has, con 61.224,6 hectáreas correspondientes a terrenos
agrícolas anegados con diferentes graduaciones de daño sobre las infraestructuras
rurales existentes, repartidas por los diversos municipios, principalmente de la Comunitat
Valenciana, con incidencia también en Castilla-La Mancha y Andalucía.
El Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas
urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y
relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos
(DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024,
recogió un conjunto articulado de medidas para hacer frente a las consecuencias de
dicho fenómeno atmosférico, previendo en su título IV medidas en materia agraria, que
incluyen, en el artículo 24, una ayuda para compensar la pérdida de renta en las
explotaciones agrarias afectadas.
El ámbito de aplicación de estas medidas se ha extendido por medio de la
disposición adicional tercera del Real Decreto-Ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se
aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y
para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, a las producciones, parcelas,
explotaciones agrarias y elementos afectos a las mismas de la provincia de Valencia que,
habiendo sido gravemente afectados por la DANA, no se encuentren localizadas en el
término de los municipios previstos en el artículo 23 de dicho real decreto-ley
El apartado 7 del artículo 24 del Real Decreto-ley 7/2024 de 11 de noviembre, faculta
al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobar, mediante orden ministerial,
las modificaciones, adaptaciones y concreciones que resulten precisas.
En su virtud, esta orden establece una adaptación de la ayuda dispuesta por el citado
artículo 24, que permite ampliar el sistema de apoyo entonces diseñado, conforme se
han ido detectando necesidades específicas de ciertos tipos de operadores del sector
primario, con una asistencia diferenciada en función de cada tipo de situación.
El objeto de la ayuda es compensar las pérdidas de ingresos en las que van a incurrir
los agricultores del Parque Natural de la Albufera que, por la gravedad de los daños en
sus explotaciones debido a la acumulación de lodos, se ven imposibilitados para sembrar
arroz en la cosecha correspondiente a 2025.
A tal efecto, se establece una ayuda de 3.000 euros por hectárea, cuantía que
responde al cálculo del margen bruto estándar.
cve: BOE-A-2025-4682
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