Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Relaciones de puestos de trabajo. (BOE-A-2025-4579)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia en los municipios y sus agrupaciones en el ámbito no transferido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Viernes 7 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 30981

conformidad con los artículos 522 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, resuelvo:
Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la
Administración de Justicia de las Oficinas de Justicia en el municipio y Agrupaciones de
Oficinas de Justicia en los municipios de las oficinas judiciales que se contiene en el
anexo que se podrá consultar en el enlace https://www.mjusticia.gob.es/es/serviciojusticia/proyectos-transformacion/oficina-judicial/estructura
En dicha relación se establece la denominación de cada puesto, los requisitos, y
méritos evaluables para su desempeño, el complemento general de puesto y el
complemento específico que les corresponda. Las cuantías de los complementos son
anuales y referidas a doce mensualidades.
En la misma relación se identifican los puestos de las Oficinas de Justicia y de las
Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios cuya actividad es compatible con
la actividad de la Oficina judicial del partido judicial.
La asignación de actividades propias de la Oficina judicial del partido, por parte del
responsable funcional, se realizará siempre que ello sea compatible con la prestación del
servicio en la Oficina de Justicia en el municipio, que deberá ser atendido con carácter
preferente.
Para establecer esta compatibilidad de actividades deberá realizarse un análisis de la
carga de trabajo de cada oficina de justicia.
La asignación de actividad compatible a cada oficina de justicia en el municipio,
cuando la carga de trabajo lo permita, se realizará previa negociación sindical y en
ningún caso antes del 1 de enero de 2026.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-4579
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 6 de marzo de 2025.–La Secretaria General para la Innovación y Calidad del
Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X