Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-4588)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de modificación de condiciones de la declaración de impacto ambiental del «Estudio informativo del proyecto de los nuevos accesos sur, ferroviario y viario al puerto de Barcelona».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57
Viernes 7 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31011
La solicitud viene acompañada de la preceptiva documentación técnica justificativa
de las circunstancias indicadas en los apartados 1.b y 1.c del artículo 44 de le Ley de
evaluación ambiental y comprende los siguientes documentos e informes:
1. Propuesta de cambio de medida correctora de la Autoridad Portuaria del Puerto
del Port de Barcelona, en el que proyecta las siguientes actuaciones en el ámbito de la
Playa de Ca l’Arana:
Extracción por medios mecánicos de la arena que actualmente colmata la laguna
costera, para restablecer la funcionalidad y extensión original. La arena excavada se
depositará de forma que permita la recomposición del cordón dunar.
Instalación de una estructura de estabilización que garantice la revegetación con
especies propias que ayuden a la sujeción y afianzamiento del sistema dunar costero,
sobre la base del Manual de restauración de dunas costeras (Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del
Mar. 2007).
Instalación de un tornillo de Arquímedes y una canalización de agua para garantizar
la inundabilidad de la zona de matorrales y junqueras halófilas mediante el bombeo de
agua desde la margen derecha del río.
Creación de un mosaico de montículos emergidos y zonas inundadas para favorecer
la nidificación y la protección ante depredadores.
Rexcavación y llenado del foso perimetral de la zona inundable para recuperar su
cota y dimensiones originales. Adicionalmente, se instalarán barreras y distintos tipos de
vallas en función del terreno y de las características de la zona para evitar la entrada de
depredadores.
Operaciones de limpieza en la Playa Ca l'Arana, con el objetivo de acondicionar el
espacio para favorecer el asentamiento de especies de sistemas dunares y de arenales.
Relación de consultados
Respuesta
Dirección General de la Costa y el Mar. MITECO.
No
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO.
No
Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural. Generalitat de Cataluña.
Sí
Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral. Generalitat de Cataluña.
No
Agencia Catalana del Agua.
No
cve: BOE-A-2025-4588
Verificable en https://www.boe.es
2. Informe de la Agencia Catalana del Agua (ACA): se pronuncia favorablemente al
cambio de medida correctora, ya que considera que la construcción de una nueva isla
artificial en la desembocadura del río Llobregat mermaría la capacidad de evacuación
hidráulica del caudal en ese tramo del río, con los consecuentes efectos adversos ante el
riesgo de avenidas e inundaciones.
3. Informe de la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la
Generalitat de Cataluña: manifiesta que la isla del Molí no constituye actualmente una
zona de nidificación apta y segura para la gaviota de Audouin, debido, principalmente, a
la existencia permanente de un tómbolo que la une con la margen izquierda del río y
facilita el acceso de depredadores. Considera que la creación de una segunda isla
reproducirá la misma problemática. En consecuencia, recomienda el estudio de medidas
alternativas que resulten más efectivas y adecuadas para la mejora del hábitat de
especies protegidas de fauna, entre ellas, la gaviota de Audouin.
4. Informe de la Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral de la
Generalitat de Cataluña: se pronuncia favorablemente a la modificación solicitada.
En el seno de la tramitación, el 12 de diciembre de 2024, se realizan las consultas a
las Administraciones públicas afectadas por la modificación de condiciones propuesta.
La relación de consultados se expone a continuación, así como los que han emitido
informe.
Núm. 57
Viernes 7 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31011
La solicitud viene acompañada de la preceptiva documentación técnica justificativa
de las circunstancias indicadas en los apartados 1.b y 1.c del artículo 44 de le Ley de
evaluación ambiental y comprende los siguientes documentos e informes:
1. Propuesta de cambio de medida correctora de la Autoridad Portuaria del Puerto
del Port de Barcelona, en el que proyecta las siguientes actuaciones en el ámbito de la
Playa de Ca l’Arana:
Extracción por medios mecánicos de la arena que actualmente colmata la laguna
costera, para restablecer la funcionalidad y extensión original. La arena excavada se
depositará de forma que permita la recomposición del cordón dunar.
Instalación de una estructura de estabilización que garantice la revegetación con
especies propias que ayuden a la sujeción y afianzamiento del sistema dunar costero,
sobre la base del Manual de restauración de dunas costeras (Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del
Mar. 2007).
Instalación de un tornillo de Arquímedes y una canalización de agua para garantizar
la inundabilidad de la zona de matorrales y junqueras halófilas mediante el bombeo de
agua desde la margen derecha del río.
Creación de un mosaico de montículos emergidos y zonas inundadas para favorecer
la nidificación y la protección ante depredadores.
Rexcavación y llenado del foso perimetral de la zona inundable para recuperar su
cota y dimensiones originales. Adicionalmente, se instalarán barreras y distintos tipos de
vallas en función del terreno y de las características de la zona para evitar la entrada de
depredadores.
Operaciones de limpieza en la Playa Ca l'Arana, con el objetivo de acondicionar el
espacio para favorecer el asentamiento de especies de sistemas dunares y de arenales.
Relación de consultados
Respuesta
Dirección General de la Costa y el Mar. MITECO.
No
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO.
No
Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural. Generalitat de Cataluña.
Sí
Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral. Generalitat de Cataluña.
No
Agencia Catalana del Agua.
No
cve: BOE-A-2025-4588
Verificable en https://www.boe.es
2. Informe de la Agencia Catalana del Agua (ACA): se pronuncia favorablemente al
cambio de medida correctora, ya que considera que la construcción de una nueva isla
artificial en la desembocadura del río Llobregat mermaría la capacidad de evacuación
hidráulica del caudal en ese tramo del río, con los consecuentes efectos adversos ante el
riesgo de avenidas e inundaciones.
3. Informe de la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la
Generalitat de Cataluña: manifiesta que la isla del Molí no constituye actualmente una
zona de nidificación apta y segura para la gaviota de Audouin, debido, principalmente, a
la existencia permanente de un tómbolo que la une con la margen izquierda del río y
facilita el acceso de depredadores. Considera que la creación de una segunda isla
reproducirá la misma problemática. En consecuencia, recomienda el estudio de medidas
alternativas que resulten más efectivas y adecuadas para la mejora del hábitat de
especies protegidas de fauna, entre ellas, la gaviota de Audouin.
4. Informe de la Dirección General de Políticas de Montaña y del Litoral de la
Generalitat de Cataluña: se pronuncia favorablemente a la modificación solicitada.
En el seno de la tramitación, el 12 de diciembre de 2024, se realizan las consultas a
las Administraciones públicas afectadas por la modificación de condiciones propuesta.
La relación de consultados se expone a continuación, así como los que han emitido
informe.