Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-4501)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Esquilvent, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el módulo de generación fotovoltaica «Esquileo I», de 47,473 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ampudia (Palencia), para su hibridación con el parque eólico existente Esquileo I, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30703
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Esquilvent, SLU, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el
módulo de generación fotovoltaica «Esquileo I», de 47,473 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ampudia (Palencia), para
su hibridación con el parque eólico existente Esquileo I, y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
Esquilvent, SLU, en adelante el promotor, con fecha 20 de enero de 2023, solicitó
autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública para el módulo de generación fotovoltaica
«Esquileo I», de 47,473 MW de potencia instalada, situado en el término municipal de
Ampudia, en la provincia de Palencia, y para una parte de su infraestructura de
evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente «Esquileo I», de 46,875
MW de potencia instalada.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Palencia, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la
Junta de Castilla y León en la que se establecen unas medidas correctoras que deben
plantearse durante la ejecución de la obra civil, tal y como se establece en la memoria de
la actividad arqueológica realizada, aprobada por parte de la Comisión de Patrimonio
Cultural de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido respuesta de Red Eléctrica de España SAU, en la que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho
organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa
su conformidad con la misma.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León,
el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia de la Junta de
Castilla y León, el Ayuntamiento de Ampudia, la Confederación Hidrográfica del Duero, la
Diputación Provincial de Palencia y la Dirección General de Infraestructuras y
Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, no se ha recibido contestación
por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 28 de febrero de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado», el 6 de marzo
de 2024 en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, y el 1 de marzo de 2024 en el
«Diario Palentino», y con la exposición al público en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Ampudia. No se han recibido alegaciones.
cve: BOE-A-2025-4501
Verificable en https://www.boe.es
4501
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30703
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Esquilvent, SLU, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para el
módulo de generación fotovoltaica «Esquileo I», de 47,473 MW de potencia
instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ampudia (Palencia), para
su hibridación con el parque eólico existente Esquileo I, y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
Esquilvent, SLU, en adelante el promotor, con fecha 20 de enero de 2023, solicitó
autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública para el módulo de generación fotovoltaica
«Esquileo I», de 47,473 MW de potencia instalada, situado en el término municipal de
Ampudia, en la provincia de Palencia, y para una parte de su infraestructura de
evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente «Esquileo I», de 46,875
MW de potencia instalada.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Palencia, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la
Junta de Castilla y León en la que se establecen unas medidas correctoras que deben
plantearse durante la ejecución de la obra civil, tal y como se establece en la memoria de
la actividad arqueológica realizada, aprobada por parte de la Comisión de Patrimonio
Cultural de Castilla y León. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido respuesta de Red Eléctrica de España SAU, en la que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho
organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa
su conformidad con la misma.
Preguntados la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León,
el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia de la Junta de
Castilla y León, el Ayuntamiento de Ampudia, la Confederación Hidrográfica del Duero, la
Diputación Provincial de Palencia y la Dirección General de Infraestructuras y
Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, no se ha recibido contestación
por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en los artículos 127.2, 131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 28 de febrero de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado», el 6 de marzo
de 2024 en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, y el 1 de marzo de 2024 en el
«Diario Palentino», y con la exposición al público en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Ampudia. No se han recibido alegaciones.
cve: BOE-A-2025-4501
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