Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Enseñanzas profesionales de música. (BOE-A-2025-4409)
Real Decreto 104/2025, de 18 de febrero, por el que se crea la especialidad de Trikitixa en las enseñanzas profesionales de música y se establecen los aspectos básicos del currículo de esta especialidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 30382
5. Demostrar conocimientos de la historia y de las características principales de la
trikitixa como instrumento.
Mediante este criterio se pretende evaluar el conocimiento de la evolución de la
historia de la trikitixa, así como la asimilación de sus características principales.
6.
Elaborar y desarrollar pequeños estudios sobre la trikitixa y la música tradicional.
Con este criterio se pretende evaluar la capacidad investigadora del alumnado, así
como valorar su implicación en el mantenimiento del patrimonio de la cultura tradicional
de su ambiente más cercano.
7.
Interpretar de memoria el repertorio trabajado.
Mediante este criterio se valora el dominio y la comprensión que el alumnado posee
de las obras, así como la capacidad de concentración sobre el resultado sonoro de las
mismas.
8. Ejecutar con solvencia, relajación y calidad sonora un repertorio propio de la
especialidad, teniendo en cuenta los aspectos técnicos y musicales de la interpretación
de acuerdo a los criterios expresivos o estilísticos propios de la trikitixa.
Con este criterio se pretende evaluar la asimilación de las características estilísticas
y el dominio del funcionamiento mecánico del instrumento y la utilización de sus
posibilidades, en un repertorio que represente sus principales estilos y épocas, formas
musicales y compositores.
9. Tocar en público un programa compuesto de obras de diferentes épocas y estilos
adecuado a su nivel, demostrando capacidad comunicativa y calidad artística.
Mediante este criterio se pretende evaluar la capacidad de autocontrol y grado de
madurez de la personalidad artística del alumnado. Se trata de evaluar el conocimiento
que el alumnado posee del repertorio de la especialidad y de sus obras más
representativas, así como el grado de sensibilidad e imaginación para aplicar los criterios
estéticos correspondientes.
10. Demostrar conocimiento auditivo y de adaptación respecto a las posibilidades
del instrumento y la propia voz.
Con este criterio se pretende evaluar la autonomía para adaptarse al instrumento y a
las características de la voz en un repertorio de trikitixa.
11. Demostrar habilidad en el uso del pandero y de otros instrumentos afines para
acompañar el repertorio de la trikitixa.
cve: BOE-A-2025-4409
Verificable en https://www.boe.es
Mediante este criterio se quiere evaluar la capacidad para utilizar el pandero y de
otros instrumentos afines como instrumentos de acompañamiento adaptándose al estilo
y precisión rítmica característica de la música de trikitixa.
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 30382
5. Demostrar conocimientos de la historia y de las características principales de la
trikitixa como instrumento.
Mediante este criterio se pretende evaluar el conocimiento de la evolución de la
historia de la trikitixa, así como la asimilación de sus características principales.
6.
Elaborar y desarrollar pequeños estudios sobre la trikitixa y la música tradicional.
Con este criterio se pretende evaluar la capacidad investigadora del alumnado, así
como valorar su implicación en el mantenimiento del patrimonio de la cultura tradicional
de su ambiente más cercano.
7.
Interpretar de memoria el repertorio trabajado.
Mediante este criterio se valora el dominio y la comprensión que el alumnado posee
de las obras, así como la capacidad de concentración sobre el resultado sonoro de las
mismas.
8. Ejecutar con solvencia, relajación y calidad sonora un repertorio propio de la
especialidad, teniendo en cuenta los aspectos técnicos y musicales de la interpretación
de acuerdo a los criterios expresivos o estilísticos propios de la trikitixa.
Con este criterio se pretende evaluar la asimilación de las características estilísticas
y el dominio del funcionamiento mecánico del instrumento y la utilización de sus
posibilidades, en un repertorio que represente sus principales estilos y épocas, formas
musicales y compositores.
9. Tocar en público un programa compuesto de obras de diferentes épocas y estilos
adecuado a su nivel, demostrando capacidad comunicativa y calidad artística.
Mediante este criterio se pretende evaluar la capacidad de autocontrol y grado de
madurez de la personalidad artística del alumnado. Se trata de evaluar el conocimiento
que el alumnado posee del repertorio de la especialidad y de sus obras más
representativas, así como el grado de sensibilidad e imaginación para aplicar los criterios
estéticos correspondientes.
10. Demostrar conocimiento auditivo y de adaptación respecto a las posibilidades
del instrumento y la propia voz.
Con este criterio se pretende evaluar la autonomía para adaptarse al instrumento y a
las características de la voz en un repertorio de trikitixa.
11. Demostrar habilidad en el uso del pandero y de otros instrumentos afines para
acompañar el repertorio de la trikitixa.
cve: BOE-A-2025-4409
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Mediante este criterio se quiere evaluar la capacidad para utilizar el pandero y de
otros instrumentos afines como instrumentos de acompañamiento adaptándose al estilo
y precisión rítmica característica de la música de trikitixa.