Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-4386)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Refresco Iberia, SAU, para los centros de trabajo de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4386
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Refresco Iberia, SAU,
para los centros de trabajo de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba).
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Refresco Iberia, SAU, para los
centros de trabajo de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba), –código de convenio
n.º 90103371012019–, que fue suscrito con fecha 28 de noviembre de 2024, de una
parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra, por las secciones sindicales de CCOO y UGT, en representación de los
trabajadores afectados, y que ha sido subsanado mediante acta de 14 de febrero
de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de febrero de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA REFRESCO IBERIA, SAU, CENTROS
DE TRABAJO DE OLIVA (VALENCIA) Y ALCOLEA (CÓRDOBA)
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación
El presente convenio colectivo será de aplicación en todo el territorio nacional, en los
centros de trabajo de la Compañía Refresco Iberia, SAU sitos en Oliva y en Alcolea
(Córdoba).
Artículo 2.
Ámbito funcional.
Los preceptos de este convenio colectivo regulan las relaciones laborales en la
empresa Refresco Iberia, SAU, en dichos centros de Oliva y Alcolea, cuya actividad
principal es la elaboración y envasado de bebidas.
cve: BOE-A-2025-4386
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30066
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
4386
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Refresco Iberia, SAU,
para los centros de trabajo de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba).
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Refresco Iberia, SAU, para los
centros de trabajo de Oliva (Valencia) y Alcolea (Córdoba), –código de convenio
n.º 90103371012019–, que fue suscrito con fecha 28 de noviembre de 2024, de una
parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra, por las secciones sindicales de CCOO y UGT, en representación de los
trabajadores afectados, y que ha sido subsanado mediante acta de 14 de febrero
de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de febrero de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA REFRESCO IBERIA, SAU, CENTROS
DE TRABAJO DE OLIVA (VALENCIA) Y ALCOLEA (CÓRDOBA)
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación
El presente convenio colectivo será de aplicación en todo el territorio nacional, en los
centros de trabajo de la Compañía Refresco Iberia, SAU sitos en Oliva y en Alcolea
(Córdoba).
Artículo 2.
Ámbito funcional.
Los preceptos de este convenio colectivo regulan las relaciones laborales en la
empresa Refresco Iberia, SAU, en dichos centros de Oliva y Alcolea, cuya actividad
principal es la elaboración y envasado de bebidas.
cve: BOE-A-2025-4386
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.