Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4299)
Resolución 420/38068/2025, de 25 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de las ciencias farmacéuticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29574
Segundo.
Que según se recoge en su cláusula novena, su periodo de vigencia será de cuatro
años pudiendo prorrogarse, de forma expresa y por mutuo acuerdo, por un período de
hasta cuatro años adicionales, formalizándose por adenda la correspondiente prórroga
antes de la expiración del plazo de vigencia del convenio.
Tercero.
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada,
considerando necesario modificar el convenio según lo que se indica en los apartados
siguientes.
Cuarto.
Que se considera necesario incluir en la cláusula sexta relativa a la propiedad
intelectual e industrial y publicidad, un nuevo párrafo que dé cumplimiento a lo dispuesto
en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la Subsecretaría de Defensa, que regula la
actividad editorial en el ámbito del Ministerio de Defensa, así como la necesidad de
solicitud de conformidad a la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio
Cultural en el caso del uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en
publicaciones derivadas de lo establecido en el convenio.
Quinto.
Que en la cláusula octava del citado convenio se recoge la normativa referente a la
protección de datos, cláusula que se considera necesario modificar para actualizar su
contenido a la normativa vigente, como consecuencia de las diversas modificaciones a la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, principalmente promulgadas por la Ley 2/2023, de 20 de
febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones
normativas y de lucha contra la corrupción, y por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de
trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de
determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas,
tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica
la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o
productos por materiales radiactivos.
Sexto.
Que por lo anteriormente especificado y, de conformidad con lo establecido en la
cláusula décima del convenio, se hace necesario la modificación de dicho convenio.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes,
Primera.
Objeto de la adenda.
Esta adenda tiene por objeto la prórroga del Convenio suscrito el 23 de febrero
de 2021 entre el Ministerio de Defensa y el Consejo General de Colegios Oficiales de
Farmacéuticos para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el
ámbito de las Ciencias Farmacéuticas, y su modificación en cuanto a:
1. Actualizar la cláusula sexta «propiedad intelectual e industrial y publicidad»
incluyendo un nuevo apartado relativo a la actividad editorial en el ámbito del Ministerio
de Defensa.
cve: BOE-A-2025-4299
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29574
Segundo.
Que según se recoge en su cláusula novena, su periodo de vigencia será de cuatro
años pudiendo prorrogarse, de forma expresa y por mutuo acuerdo, por un período de
hasta cuatro años adicionales, formalizándose por adenda la correspondiente prórroga
antes de la expiración del plazo de vigencia del convenio.
Tercero.
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada,
considerando necesario modificar el convenio según lo que se indica en los apartados
siguientes.
Cuarto.
Que se considera necesario incluir en la cláusula sexta relativa a la propiedad
intelectual e industrial y publicidad, un nuevo párrafo que dé cumplimiento a lo dispuesto
en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la Subsecretaría de Defensa, que regula la
actividad editorial en el ámbito del Ministerio de Defensa, así como la necesidad de
solicitud de conformidad a la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio
Cultural en el caso del uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en
publicaciones derivadas de lo establecido en el convenio.
Quinto.
Que en la cláusula octava del citado convenio se recoge la normativa referente a la
protección de datos, cláusula que se considera necesario modificar para actualizar su
contenido a la normativa vigente, como consecuencia de las diversas modificaciones a la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, principalmente promulgadas por la Ley 2/2023, de 20 de
febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones
normativas y de lucha contra la corrupción, y por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de
trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de
determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas,
tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica
la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o
productos por materiales radiactivos.
Sexto.
Que por lo anteriormente especificado y, de conformidad con lo establecido en la
cláusula décima del convenio, se hace necesario la modificación de dicho convenio.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes,
Primera.
Objeto de la adenda.
Esta adenda tiene por objeto la prórroga del Convenio suscrito el 23 de febrero
de 2021 entre el Ministerio de Defensa y el Consejo General de Colegios Oficiales de
Farmacéuticos para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el
ámbito de las Ciencias Farmacéuticas, y su modificación en cuanto a:
1. Actualizar la cláusula sexta «propiedad intelectual e industrial y publicidad»
incluyendo un nuevo apartado relativo a la actividad editorial en el ámbito del Ministerio
de Defensa.
cve: BOE-A-2025-4299
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