Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-4313)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la prestación mutua de soluciones básicas de administración digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 29698

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
4313

Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Galicia, para la prestación mutua de soluciones básicas de administración
digital.

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Secretaría de
Estado de Función Pública) y la Comunidad Autónoma de Galicia han suscrito, el 18 de
febrero de 2025, el Convenio entre el Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública (Secretaría de Estado de Función Pública) y la Comunidad Autónoma
de Galicia para la prestación mutua de soluciones básicas de administración digital.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación del referido convenio, como anejo a la presente resolución.
Madrid, 27 de febrero de 2025.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Clara
Mapelli Marchena.
ANEJO
Convenio entre el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
(Secretaría de Estado de Función Pública) y la Comunidad Autónoma de Galicia
para la prestación mutua de soluciones básicas de administración digital
Madrid, 18 de febrero de 2025.

De una parte, doña Clara Mapelli Marchena, titular de la Secretaría de Estado de
Función Pública (en adelante, la SEFP), en representación del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, en el ejercicio de las competencias que le
confieren los artículos 61 y 62.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, así como en virtud del Real Decreto 41/2024, de 9 de enero, por el
que se dispone su nombramiento, actuando en el marco del artículo 8 del Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Y de otra, don Julián Cerviño Iglesia, Director de la Agencia para la Modernización
Tecnológica de Galicia, nombrado por el Decreto 149/2022, del 1 de septiembre,
actuando en representación de dicha entidad conforme a las competencias atribuidas en
el artículo 5 del Decreto 252/2011, del 15 de diciembre, por la que se crea la Agencia
para la Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos (modificado
por el Decreto 9/2021, del 21 de enero).
Todas las partes intervienen en uso de las facultades que, de conformidad con la
normativa vigente, les confieren los cargos que desempeñan y se reconocen
mutuamente capacidad para la firma del presente convenio y, a tal efecto,

cve: BOE-A-2025-4313
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