Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4305)
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para la atención educativa a los alumnos con discapacidad visual en las ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso 2024/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 29622

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
4305

Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Organización Nacional de Ciegos
Españoles, para la atención educativa a los alumnos con discapacidad visual
en las ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso 2024/2025.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Organización
Nacional de Ciegos Españoles han suscrito, con fecha 24 de febrero de 2025, un
convenio para la atención educativa a los alumnos con discapacidad visual en las
ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso 2024/2025, por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 25 de febrero de 2025.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano
Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
y la Organización Nacional de Ciegos Españoles para la atención educativa
a los alumnos con discapacidad visual en las ciudades de Ceuta y Melilla
durante el curso 2024/2025
REUNIDOS
De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación,
Formación Profesional y Deportes, en virtud del Real Decreto 835/2023, de 20 de
noviembre, por el que se nombran ministros del Gobierno, y en uso de la competencia
establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
De otra parte, don Miguel Carballeda Piñeiro, presidente del Consejo General de la
Organización Nacional de Ciegos Españoles (en adelante, ONCE), en virtud del
acuerdo 1(E) 2023-1, de 18 de enero por el que se dispone su nombramiento.
Ambas partes, en la representación con que actúan, intervienen con capacidad legal
necesaria y competencia suficiente, conforme a la normativa que les resulta de
aplicación para suscribir este convenio y, a tal efecto,

I. Que el artículo 27 de la Constitución reconoce el derecho de todos los
ciudadanos a la educación correspondiendo a los poderes públicos la garantía en el
ejercicio de ese derecho. Por su parte, el preámbulo de la actual Ley Educativa, Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, establece que la escolarización del alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo deberá estar regida por los principios de
inclusión y participación, calidad, equidad, no discriminación e igualdad efectiva en el

cve: BOE-A-2025-4305
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