Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-4259)
Estatutos del Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas del Observatorio de la red de telescopios Cherenkov (CTAO ERIC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 29453

Cuadro 3
Contenidos fundamentales y condiciones de las primas de acogida

Italia.

Alemania.

Prima de acogida

Condiciones

4 300 000,00 EUR antes de las
deducciones relativas a la acogida
de la sede central de la gGmbH.

Acogida de la sede central del CTAO ERIC, donde se realizan las siguientes funciones:
– Gobernanza y política: gobernanza del observatorio ejercida por el Consejo de
accionistas, con el apoyo de los comités administrativos, científicos y técnicos adecuados.
– Gestión y administración: gestión y administración generales del Observatorio CTA,
incluidas la contabilidad, la contratación pública, el control y la administración de los
servicios jurídicos del personal y las relaciones internacionales.
– Gestión científica: responsabilidad de publicación de las convocatorias de propuestas
(anuncios de oportunidades) para la asignación del tiempo de observación y la publicación
del calendario a largo plazo; actividades científicas de nivel 2.
– Operaciones técnicas centrales: apoyo central, coordinación y seguimiento de las
operaciones de la red, por ejemplo, en relación con los procedimientos operativos, el
mantenimiento, la documentación y la seguridad; servicios informáticos para la sede central;
desarrollo de instrumentos para mejorar la eficiencia de la explotación y el mantenimiento.
– Divulgación: actividades educativas y de divulgación pública destinadas a educar y
aumentar la visibilidad de la red de telescopios Cherenkov entre el público en general, los
formadores de opinión y los estudiantes escolares y universitarios; coordinación de las
actividades locales de divulgación en los países de acogida.
Se requerirá un documento vinculante aprobado por el Consejo del CTAO ERIC antes de la
liberación de la parte residual de la prima de acogida (una parte ya se ha previsto para la
acogida de la sede central del CTAO gGmbH).
Se espera que la sede central albergue al director general y a dos de los directores de
nivel 1(1) (operaciones y administración).

6 750 000,00 EUR, de los cuales: la
parte destinada a los costes de la
construcción de edificios para el
CTAO: 6 000 000,00 EUR.

Acogida del Centro de gestión de datos científicos del CTAO ERIC (SDMC), donde se
realizan las siguientes funciones.
– Actividades de gestión científica: incluye la preparación de las convocatorias de
propuestas, el apoyo a la preparación y evaluación de propuestas y la preparación del
calendario de observación a largo plazo para su aprobación por el director general y para su
publicación por parte de la sede central.
– Mantenimiento del software: mantenimiento, actualizaciones, control de calidad y gestión
de versiones de software para la canalización, la difusión y el archivo de datos, y para el
acceso de observadores.
– Gestión de datos: gestión del flujo de datos y del funcionamiento de la canalización de
datos en las instalaciones informáticas; calibración de los datos; gestión de simulaciones
para proporcionar funciones de respuesta del instrumento; seguimiento de la calidad de los
datos.
– Servicios de datos del observatorio: funcionamiento del archivo de datos de la red de
telescopios Cherenkov, que proporciona acceso a los datos, a las funciones de respuesta
del instrumento y al software de usuario.
– Apoyo al usuario y formación: por ejemplo, a través de manuales, preguntas frecuentes,
un servicio de ayuda y la presencia en escuelas.
Se requerirá un documento vinculante aprobado por el Consejo del CTAO ERIC antes de la
liberación de la parte residual de la prima de acogida (una parte ya se ha previsto para la
acogida de la sede central del CTAO gGmbH).
Se espera que el SDMC albergue a uno de los directores de nivel 1(2) (gestión científica).

(1) Una dirección de nivel 1 es una unidad organizativa con un ámbito y una carta definidos; la unidad está gestionada por un director. Los directores de nivel 1
dependen directamente del director general del ERIC (nivel 0), que es la máxima autoridad ejecutiva para decidir sobre el observatorio y aplicar las decisiones del
Consejo sobre cualquier asunto. El director de nivel 1 se encarga de aplicar las directrices del director general relacionadas con el ámbito y la carta de su dirección.
(2) Véase la nota a pie de página anterior.

cve: BOE-A-2025-4259
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País de acogida