Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-4259)
Estatutos del Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas del Observatorio de la red de telescopios Cherenkov (CTAO ERIC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Artículo 37.
Sec. I. Pág. 29450
Litigios.
1. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea será competente para resolver los
litigios entre los miembros en relación con el CTAO ERIC y entre los miembros y el
CTAO ERIC, así como los litigios en los que sea parte la Unión.
2. A los litigios entre el CTAO ERIC y terceros se les aplicará el Derecho de la
Unión Europea en materia de competencia jurisdiccional. En el caso de las cuestiones
no reguladas por la legislación de la Unión Europea, el Derecho del Estado en que
tiene su domicilio social el CTAO ERIC determinará la jurisdicción competente para
resolver tales litigios.
Artículo 38.
Disponibilidad de los estatutos.
Los estatutos estarán a disposición del público en el sitio web del CTAO ERIC y en
su domicilio social.
Artículo 39.
Disposiciones de creación.
1. La República Italiana convocará una reunión constituyente del Consejo tan
pronto como sea posible, y a más tardar en el plazo de cuarenta y cinco días naturales a
partir de la fecha en que surta efecto la Decisión de la Comisión de crear el CTAO ERIC.
2. La República Italiana notificará a los miembros fundadores cualquier
procedimiento legal urgente concreto que sea preciso llevar a cabo en nombre del CTAO
ERIC antes de celebrarse la reunión constituyente. Salvo en el caso de que un miembro
fundador formule objeciones en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la fecha
de recepción de la notificación, una persona debidamente autorizada por la República
Italiana realizará la acción legal.
CAPÍTULO 10
Lugares de explotación y lengua de trabajo
Artículo 40.
Lugares de explotación y lengua de trabajo.
1. El CTAO ERIC dispondrá de tres lugares de explotación adicionales: el Centro de
gestión de datos científicos (SDMC), situado en Zeuthen (Alemania); la red norte de
telescopios, situada en el Observatorio del Roque de Los Muchachos, en La Palma
(España), y la red sur de telescopios, situada en el Observatorio de La Silla Paranal, en
Chile.
2. La lengua de trabajo del CTAO ERIC será el inglés.
CAPÍTULO 11
Anexos
Artículo 41. Anexos.
A. Contribuciones a los costes de construcción, primas de acogida y derechos de
voto durante la fase de construcción.
B. Principios básicos para las contribuciones en especie al CTAO ERIC.
C. Régimen de reparto de las contribuciones al presupuesto anual del CTAO ERIC
tras la finalización de la construcción (artículo 22 de los estatutos del CTAO ERIC).
D. Miembros, observadores y entidades representantes, socios estratégicos y
terceros.
cve: BOE-A-2025-4259
Verificable en https://www.boe.es
Se adjuntan los siguientes anexos:
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Artículo 37.
Sec. I. Pág. 29450
Litigios.
1. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea será competente para resolver los
litigios entre los miembros en relación con el CTAO ERIC y entre los miembros y el
CTAO ERIC, así como los litigios en los que sea parte la Unión.
2. A los litigios entre el CTAO ERIC y terceros se les aplicará el Derecho de la
Unión Europea en materia de competencia jurisdiccional. En el caso de las cuestiones
no reguladas por la legislación de la Unión Europea, el Derecho del Estado en que
tiene su domicilio social el CTAO ERIC determinará la jurisdicción competente para
resolver tales litigios.
Artículo 38.
Disponibilidad de los estatutos.
Los estatutos estarán a disposición del público en el sitio web del CTAO ERIC y en
su domicilio social.
Artículo 39.
Disposiciones de creación.
1. La República Italiana convocará una reunión constituyente del Consejo tan
pronto como sea posible, y a más tardar en el plazo de cuarenta y cinco días naturales a
partir de la fecha en que surta efecto la Decisión de la Comisión de crear el CTAO ERIC.
2. La República Italiana notificará a los miembros fundadores cualquier
procedimiento legal urgente concreto que sea preciso llevar a cabo en nombre del CTAO
ERIC antes de celebrarse la reunión constituyente. Salvo en el caso de que un miembro
fundador formule objeciones en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la fecha
de recepción de la notificación, una persona debidamente autorizada por la República
Italiana realizará la acción legal.
CAPÍTULO 10
Lugares de explotación y lengua de trabajo
Artículo 40.
Lugares de explotación y lengua de trabajo.
1. El CTAO ERIC dispondrá de tres lugares de explotación adicionales: el Centro de
gestión de datos científicos (SDMC), situado en Zeuthen (Alemania); la red norte de
telescopios, situada en el Observatorio del Roque de Los Muchachos, en La Palma
(España), y la red sur de telescopios, situada en el Observatorio de La Silla Paranal, en
Chile.
2. La lengua de trabajo del CTAO ERIC será el inglés.
CAPÍTULO 11
Anexos
Artículo 41. Anexos.
A. Contribuciones a los costes de construcción, primas de acogida y derechos de
voto durante la fase de construcción.
B. Principios básicos para las contribuciones en especie al CTAO ERIC.
C. Régimen de reparto de las contribuciones al presupuesto anual del CTAO ERIC
tras la finalización de la construcción (artículo 22 de los estatutos del CTAO ERIC).
D. Miembros, observadores y entidades representantes, socios estratégicos y
terceros.
cve: BOE-A-2025-4259
Verificable en https://www.boe.es
Se adjuntan los siguientes anexos: