Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4231)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de Puertos del Estado, por la que se publica la cuarta Adenda modificativa y prórroga al Convenio regulador de las aportaciones financieras de la Autoridad Portuaria de Valencia con cargo al Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria en relación con su contribución a actuaciones de mejora en la línea Sagunto-Teruel-Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53

Lunes 3 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 29140

de 2023 (DOCV núm. 9.690 de 25 de septiembre de 2023 y publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» de 26 de septiembre de 2023 (Orden TMA/1062/2023, de 21 de
septiembre). La Autoridad Portuaria de Valencia es un organismo público, con
CIF Q4667047G, domiciliado en Valencia, Muelle del Turia s/n, con personalidad jurídica
y patrimonio propios, así como plena capacidad de obrar, regulado por el texto refundido
de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en adelante TRLPEMM),
aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
adenda modificativa al convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 19 de junio de 2017, se firmó el convenio cuyo objeto consiste en
regular las condiciones de financiación por parte de la Autoridad Portuaria de Valencia de
la actuación denominada «Contribución a actuaciones de mejora en la línea SaguntoTeruel-Zaragoza», con fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 31 de
julio de 2017. En dicho convenio se estableció como límite máximo de financiación de la
Autoridad Portuaria de Valencia a esta actuación una cantidad de 13.600 miles de euros
(IVA excluido), habiendo quedado recogida esta cantidad en el presupuesto asociado al
Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, aprobado por unanimidad por el
Comité del Fondo de Compensación Interportuario.
Segundo.
Que, con fecha 9 de febrero de 2021, se suscribió una primera adenda modificativa
del citado convenio, siendo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 18 de marzo
de 2021. El objetivo fundamental de dicha adenda modificativa fue aumentar el límite
máximo de financiación de la Autoridad Portuaria de Valencia hasta los 20.600 miles de
euros (IVA excluido), quedando recogida esta cantidad en el presupuesto asociado al
Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria, aprobado por unanimidad por el
Comité del Fondo de Compensación Interportuario.
Tercero.
Que, con fecha 26 de julio de 2021, se suscribió una segunda adenda modificativa y
prórroga del citado convenio, siendo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 16 de
septiembre de 2021. El objetivo fundamental de dicha adenda fue prorrogar la vigencia
del convenio por el plazo máximo de cuatro años adicionales. Dicha adenda no
incrementó el importe máximo del convenio.

Que, con fecha 13 de enero de 2023, fue suscrita una tercera adenda modificativa
del citado convenio, siendo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» el 18 de marzo
de 2023. El objetivo de dicha adenda modificativa fue aumentar el límite máximo de
financiación de la Autoridad Portuaria de Valencia hasta los 22.100 miles de euros (IVA
excluido), quedando recogida esta cantidad en el presupuesto asociado al Fondo
Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuario, aprobado por unanimidad por el Comité
del Fondo de Compensación Interportuario.
Quinto.
Que, con posterioridad a los antecedentes descritos y avanzada la redacción y
ejecución de los proyectos relacionados con la actuación objeto del mismo, en su

cve: BOE-A-2025-4231
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Cuarto.