Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-4257)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29417
en las redes de distribución, con criterios objetivos, homogéneos en todo el territorio
español y al menor coste posible para el sistema.
La Orden IET/2660/2015, de 11 de diciembre, por la que se aprueban las
instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión, de operación y
mantenimiento por elemento de inmovilizado y los valores unitarios de retribución de
otras tareas reguladas, contiene los valores unitarios que se emplean en el cálculo de la
retribución de las empresas distribuidoras de energía eléctrica, conforme a la
metodología de la Circular 6/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.
Asimismo, es preciso indicar que el Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre,
que estableció la metodología retributiva de la actividad de distribución, anterior a la
citada Circular 6/2019, se aplicó por primera vez en el cálculo de la retribución del
año 2016, la cual fue fijada en la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se
establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución de
energía eléctrica para el año 2016, cuyos parámetros retributivos corresponden a las
instalaciones puestas en servicio en el ejercicio 2014, la cual ha sido modificada en
varias ocasiones, como consecuencia de distintas sentencias del Tribunal Supremo.
Posteriormente, con fecha 21 de junio de 2022, el Pleno de la CNMC aprobó el
Informe sobre la propuesta de orden por la que se aprueba el incentivo o penalización
para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el
año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas
distribuidoras y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía
eléctrica para los años 2017 2018 y 2019(1). Dicho informe ha dado lugar a la publicación
de la Orden TED/749/2022, de 27 de julio(2), cuyos parámetros retributivos
correspondientes a las instalaciones puestas en servicio entre los ejercicios 2015 a 2017,
ambos inclusive, han sido tenidos en cuenta en los cálculos efectuados en esta
propuesta de resolución.
(1)
IPN/CNMC/045/21: Informe sobre la propuesta de orden por la que se aprueba el incentivo o
penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se
modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras y se aprueba la retribución de las
empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017 2018 y 2019.
(2)
Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la
reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución
base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de
distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
Con fecha 30 de julio de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria ha aprobado la
resolución por la que se establece la retribución de las empresas titulares de
instalaciones de distribución de energía eléctrica para el año 2020(3), cuyos parámetros
retributivos corresponden a las instalaciones puestas en servicio en el ejercicio 2018, y
cuyos valores han sido igualmente considerados en los cálculos efectuados en la
presente propuesta de resolución.
(3)
BOE-A-2024-16784 Resolución de 31 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución
de energía eléctrica para el año 2020.
Debe destacarse que en el momento de la publicación de dicha resolución no se
disponía de los datos actualizados para el cálculo del incentivo de calidad
correspondiente al ejercicio 2020, por lo que se estableció que los cálculos pertinentes y
la subsecuente publicación se realizarían una vez que la Dirección General de Política
Energética y Minas, como órgano competente, pudiera facilitar los datos actualizados a
la CNMC. Dado que a la fecha de la elaboración de la presente propuesta aún no están
disponibles los datos definitivos que permitan el cálculo del referido incentivo, en la
presente propuesta de resolución tampoco se ha incluido el incentivo correspondiente al
ejercicio 2021. En este sentido, las cuantías correspondientes a los incentivos a la
cve: BOE-A-2025-4257
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29417
en las redes de distribución, con criterios objetivos, homogéneos en todo el territorio
español y al menor coste posible para el sistema.
La Orden IET/2660/2015, de 11 de diciembre, por la que se aprueban las
instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión, de operación y
mantenimiento por elemento de inmovilizado y los valores unitarios de retribución de
otras tareas reguladas, contiene los valores unitarios que se emplean en el cálculo de la
retribución de las empresas distribuidoras de energía eléctrica, conforme a la
metodología de la Circular 6/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.
Asimismo, es preciso indicar que el Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre,
que estableció la metodología retributiva de la actividad de distribución, anterior a la
citada Circular 6/2019, se aplicó por primera vez en el cálculo de la retribución del
año 2016, la cual fue fijada en la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se
establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución de
energía eléctrica para el año 2016, cuyos parámetros retributivos corresponden a las
instalaciones puestas en servicio en el ejercicio 2014, la cual ha sido modificada en
varias ocasiones, como consecuencia de distintas sentencias del Tribunal Supremo.
Posteriormente, con fecha 21 de junio de 2022, el Pleno de la CNMC aprobó el
Informe sobre la propuesta de orden por la que se aprueba el incentivo o penalización
para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el
año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas
distribuidoras y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía
eléctrica para los años 2017 2018 y 2019(1). Dicho informe ha dado lugar a la publicación
de la Orden TED/749/2022, de 27 de julio(2), cuyos parámetros retributivos
correspondientes a las instalaciones puestas en servicio entre los ejercicios 2015 a 2017,
ambos inclusive, han sido tenidos en cuenta en los cálculos efectuados en esta
propuesta de resolución.
(1)
IPN/CNMC/045/21: Informe sobre la propuesta de orden por la que se aprueba el incentivo o
penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se
modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas distribuidoras y se aprueba la retribución de las
empresas de distribución de energía eléctrica para los años 2017 2018 y 2019.
(2)
Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización para la
reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el año 2016, se modifica la retribución
base del año 2016 para varias empresas distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de
distribución de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
Con fecha 30 de julio de 2024, la Sala de Supervisión Regulatoria ha aprobado la
resolución por la que se establece la retribución de las empresas titulares de
instalaciones de distribución de energía eléctrica para el año 2020(3), cuyos parámetros
retributivos corresponden a las instalaciones puestas en servicio en el ejercicio 2018, y
cuyos valores han sido igualmente considerados en los cálculos efectuados en la
presente propuesta de resolución.
(3)
BOE-A-2024-16784 Resolución de 31 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución
de energía eléctrica para el año 2020.
Debe destacarse que en el momento de la publicación de dicha resolución no se
disponía de los datos actualizados para el cálculo del incentivo de calidad
correspondiente al ejercicio 2020, por lo que se estableció que los cálculos pertinentes y
la subsecuente publicación se realizarían una vez que la Dirección General de Política
Energética y Minas, como órgano competente, pudiera facilitar los datos actualizados a
la CNMC. Dado que a la fecha de la elaboración de la presente propuesta aún no están
disponibles los datos definitivos que permitan el cálculo del referido incentivo, en la
presente propuesta de resolución tampoco se ha incluido el incentivo correspondiente al
ejercicio 2021. En este sentido, las cuantías correspondientes a los incentivos a la
cve: BOE-A-2025-4257
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