Comunidad Autónoma de CataluñaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-7521)
Resolución de la Dirección General de Energía del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública correspondiente a la modificación de la línea eléctrica a 220 kV, doble circuito, subestación Adrall-Llavorsí/Cercs, en el término municipal de Ribera d’Urgellet (expediente 25-00022202-2013 y ref. H-10404-RL).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 11409
Factor de carga: 100 %.
Capacidad de transporte por circuito: 572 MVA.
Número de cables por fase: 1.
Tipo de cables: RHE-RA+2OL 127/220kV 1x2000M+H250.
Intensidad Cortocircuito en la pantalla a suportar: 50 kA.
Duración del Cortocircuito: 0,5 s.
Temperatura inicial/final en la pantalla: 90/250 ºC.
Disposición de los cables: Tresbolillo.
Tipo de canalización: Tubular hormigonada.
Profundidad de soterramiento: 1600 mm.
Conexión de pantallas: Single-Point.
Origen y final de la línea subterránea: Terminales intemperie.
Longitud total de la subterránea (zanja): 0,307 km (0,282 km).
Finalidad: La línea aérea proyectada permitirá un aumento del mallado de la
red de transporte de la zona. A medio y largo plazo, este proyecto refuerza la
estructura entre el sistema peninsular y el resto del sistema eléctrico europeo. Al
mismo tiempo, favorece la mejora general de la eficiencia en el transporte y en el
soporte al suministro de la demanda, lo que se traduce en una reducción de las
pérdidas de la red en el conjunto del sistema.
Termino municipal afectado: Ribera de Urgellet.
Presupuesto conjunto con la línea Adrall-Frontera de Andorra (esta segunda
competencia de la AGE): 7.245.511,00 euros.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes
mencionada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22
de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y
sometida a las siguientes condiciones especiales:
1.- Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico
administrativo firmado por el ingeniero industrial Ángel Gallego del Monte,
colegiado número 5302 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid
(COIIM), visado el 29 de julio de 2013 con número de visado 201302706, que ha
servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, en su
caso, se soliciten y autoricen.
2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a
lo que establece el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se
aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
líneas eléctricas de alta tensión y las instrucciones técnicas complementarias ITCLAT 01 a 09; la Ley 18/2008 de 23 de diciembre de garantía y calidad del
suministro eléctrico; la Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los
establecimientos, instalaciones y productos, y demás disposiciones de general
aplicación.
3.- El plazo para la puesta en servicio de la instalación autorizada es de dos
cve: BOE-B-2025-7521
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 11409
Factor de carga: 100 %.
Capacidad de transporte por circuito: 572 MVA.
Número de cables por fase: 1.
Tipo de cables: RHE-RA+2OL 127/220kV 1x2000M+H250.
Intensidad Cortocircuito en la pantalla a suportar: 50 kA.
Duración del Cortocircuito: 0,5 s.
Temperatura inicial/final en la pantalla: 90/250 ºC.
Disposición de los cables: Tresbolillo.
Tipo de canalización: Tubular hormigonada.
Profundidad de soterramiento: 1600 mm.
Conexión de pantallas: Single-Point.
Origen y final de la línea subterránea: Terminales intemperie.
Longitud total de la subterránea (zanja): 0,307 km (0,282 km).
Finalidad: La línea aérea proyectada permitirá un aumento del mallado de la
red de transporte de la zona. A medio y largo plazo, este proyecto refuerza la
estructura entre el sistema peninsular y el resto del sistema eléctrico europeo. Al
mismo tiempo, favorece la mejora general de la eficiencia en el transporte y en el
soporte al suministro de la demanda, lo que se traduce en una reducción de las
pérdidas de la red en el conjunto del sistema.
Termino municipal afectado: Ribera de Urgellet.
Presupuesto conjunto con la línea Adrall-Frontera de Andorra (esta segunda
competencia de la AGE): 7.245.511,00 euros.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes
mencionada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22
de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y
sometida a las siguientes condiciones especiales:
1.- Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico
administrativo firmado por el ingeniero industrial Ángel Gallego del Monte,
colegiado número 5302 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid
(COIIM), visado el 29 de julio de 2013 con número de visado 201302706, que ha
servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, en su
caso, se soliciten y autoricen.
2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a
lo que establece el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se
aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
líneas eléctricas de alta tensión y las instrucciones técnicas complementarias ITCLAT 01 a 09; la Ley 18/2008 de 23 de diciembre de garantía y calidad del
suministro eléctrico; la Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los
establecimientos, instalaciones y productos, y demás disposiciones de general
aplicación.
3.- El plazo para la puesta en servicio de la instalación autorizada es de dos
cve: BOE-B-2025-7521
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 52