Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4160)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación EOI, F.S.P., y la Asociación Española de la Economía Digital, para la realización de acciones de formación y tutorización en el marco de las acciones que ejecuta EOI dentro del programa FSE+ de educación y formación, empleo y economía social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 1 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 28755
• Prioridades Transversales FSE+.
o Criterio motivacional y personal:
A través de una entrevista personal se busca evaluar entre otros aspectos: La
actitud, motivación, aptitud y potencial de aplicación del curso a su actividad en la
empresa, disponibilidad y compatibilidad para seguir el curso.
Las puntuaciones de estos aspectos establecerán un orden de evaluación de los
solicitantes que determinará su prioridad para participar en el curso. A igualdad de
puntuación para el acceso, se dará prioridad a los candidatos pertenecientes a los
colectivos incluidos en las prioridades transversales del FSE+, anteriormente indicadas.
Para garantizar de forma expresa los principios de publicidad, concurrencia,
transparencia y no discriminación en el procedimiento de selección de los destinatarios
finales, se realizará convocatoria pública, para la formación, que será difundida al menos
en la web de EOI.
La selección final de los participantes se realizará por la Fundación EOI.
Sexta. Aportaciones de las partes.
EOI contribuirá a la ejecución de los Programas mediante el desarrollo de las
siguientes actividades:
1. Codirección y coordinación en la ejecución académica de los Programas.
2. Colaboración junto con ICEX y Adigital en el diseño y adaptación de los
contenidos de los Programas.
3. Administración de los Programas.
4. Relación con la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo.
5. Colaboración con ICEX y Adigital en la selección de alumnos y profesores.
6. Contratación y pago del profesorado.
7. Aportación de la documentación docente.
8. Contratación de un seguro de accidentes para alumnos en programas presenciales y semipresenciales.
9. Evaluación de los alumnos.
10. Coordinación central de alumnos y profesores.
11. Colaboración, junto con ICEX y Adigital en la realización de acciones difusión,
comunicación, y publicitarias.
ICEX contribuirá a la ejecución del Programa mediante el desarrollo de las siguientes
actividades:
1. Codirección, colaboración y coordinación con Adigital y EOI en la búsqueda de
participantes.
2. Colaboración y coordinación con Adigital y EOI en la localización de la
infraestructura y el equipamiento para el desarrollo de las actividades de carácter
presencial en cada edición.
3. Colaboración y coordinación en la promoción y difusión de los Programas, de
acuerdo con los criterios y directrices de EOI, que en todo caso se realizarán de forma
consensuada con ICEX y Adigital y con el estricto cumplimiento de la normativa
comunitaria y nacional aplicable sin que suponga gasto mayor al contemplado en el
presente convenio.
4. Mejora de la asistencia técnica del programa, así como impulsar actividades que
favorezcan el networking entre los participantes.
5. Colaboración de las Direcciones Territoriales de ICEX en la difusión del Proyecto
y búsqueda de participantes, así como prestar su apoyo en la organización general en
las ciudades de su competencia, conforme a su capacidad.
6. Colaboración, junto con EOI y Adigital en la selección de profesores y tutores.
cve: BOE-A-2025-4160
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 28755
• Prioridades Transversales FSE+.
o Criterio motivacional y personal:
A través de una entrevista personal se busca evaluar entre otros aspectos: La
actitud, motivación, aptitud y potencial de aplicación del curso a su actividad en la
empresa, disponibilidad y compatibilidad para seguir el curso.
Las puntuaciones de estos aspectos establecerán un orden de evaluación de los
solicitantes que determinará su prioridad para participar en el curso. A igualdad de
puntuación para el acceso, se dará prioridad a los candidatos pertenecientes a los
colectivos incluidos en las prioridades transversales del FSE+, anteriormente indicadas.
Para garantizar de forma expresa los principios de publicidad, concurrencia,
transparencia y no discriminación en el procedimiento de selección de los destinatarios
finales, se realizará convocatoria pública, para la formación, que será difundida al menos
en la web de EOI.
La selección final de los participantes se realizará por la Fundación EOI.
Sexta. Aportaciones de las partes.
EOI contribuirá a la ejecución de los Programas mediante el desarrollo de las
siguientes actividades:
1. Codirección y coordinación en la ejecución académica de los Programas.
2. Colaboración junto con ICEX y Adigital en el diseño y adaptación de los
contenidos de los Programas.
3. Administración de los Programas.
4. Relación con la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo.
5. Colaboración con ICEX y Adigital en la selección de alumnos y profesores.
6. Contratación y pago del profesorado.
7. Aportación de la documentación docente.
8. Contratación de un seguro de accidentes para alumnos en programas presenciales y semipresenciales.
9. Evaluación de los alumnos.
10. Coordinación central de alumnos y profesores.
11. Colaboración, junto con ICEX y Adigital en la realización de acciones difusión,
comunicación, y publicitarias.
ICEX contribuirá a la ejecución del Programa mediante el desarrollo de las siguientes
actividades:
1. Codirección, colaboración y coordinación con Adigital y EOI en la búsqueda de
participantes.
2. Colaboración y coordinación con Adigital y EOI en la localización de la
infraestructura y el equipamiento para el desarrollo de las actividades de carácter
presencial en cada edición.
3. Colaboración y coordinación en la promoción y difusión de los Programas, de
acuerdo con los criterios y directrices de EOI, que en todo caso se realizarán de forma
consensuada con ICEX y Adigital y con el estricto cumplimiento de la normativa
comunitaria y nacional aplicable sin que suponga gasto mayor al contemplado en el
presente convenio.
4. Mejora de la asistencia técnica del programa, así como impulsar actividades que
favorezcan el networking entre los participantes.
5. Colaboración de las Direcciones Territoriales de ICEX en la difusión del Proyecto
y búsqueda de participantes, así como prestar su apoyo en la organización general en
las ciudades de su competencia, conforme a su capacidad.
6. Colaboración, junto con EOI y Adigital en la selección de profesores y tutores.
cve: BOE-A-2025-4160
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 52