Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-7509)
Extracto de la Orden de 27 de febrero de 2025 por la que se convoca para el año 2025 la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Sábado 1 de marzo de 2025

Sec. V-B. Pág. 11384

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

7509

Extracto de la Orden de 27 de febrero de 2025 por la que se convoca
para e l año 2025 la conce sión de ayudas a las organizacione s
profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura
para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo,
de Pe sca y Acuicultura (FEMPA), ge stionadas por e l Ministe rio de
Agricultura, Pe sca y Alime ntación.

BDNS(Identif.): 817590.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
817590)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas indicadas las organizaciones
profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura de ámbito nacional o
transnacional, en su caso, que están indicadas en el artículo 4 de la Orden de
convocatoria, que cumplan con lo establecido en la normativa nacional y de la
Unión Europea concordante y, en particular, con lo dispuesto en los artículos 3 y
34 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, así como con los requisitos
específicos establecidos en el capítulo IV para la línea de ayudas a la
consolidación.
Segundo. Objeto y régimen de concesión.
Se convoca en régimen de concurrencia competitiva la concesión de ayudas a
la consolidación para el año 2025 para las organizaciones profesionales del sector
pesquero de ámbito nacional y transnacional.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas ayudas a la consolidación quedan
establecidas en el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre (BOE número 268
de 4 de noviembre de 2017).
Cuarto. Cuantía

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de las solicitudes de ayudas a la consolidación, que será
potestativa, se realizará mediante la cumplimentación del anexo A de la
convocatoria. El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el
día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado".

cve: BOE-B-2025-7509
Verificable en https://www.boe.es

La financiación de la ayuda a la consolidación, se efectuará con cargo al
presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la
aplicación presupuestaria 21.11.415B.772, "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM
para la comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos
Generales del estado para 2025. La dotación máxima para atender a esta
convocatoria se establece en 100.000 €.