Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones nucleares. (BOE-A-2025-4058)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se autoriza la ejecución y montaje del Almacén Temporal Individualizado (ATI-100) de la Central Nuclear de Cofrentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Viernes 28 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 28177

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Dirección General de
Planificación y Coordinación Energética, por la que se autoriza la ejecución y
montaje del Almacén Temporal Individualizado (ATI-100) de la Central
Nuclear de Cofrentes.

Con fecha 25 de julio de 2023, el Director de la Central Nuclear de Cofrentes, de
Iberdrola Generación Nuclear, SAU, solicitó a la Dirección General Política Energética y
Minas, entonces competente en esta materia, la autorización de ejecución y montaje del
Almacén Temporal Individualizado (ATI-100) de la Central Nuclear de Cofrentes.
La citada solicitud se presentó de acuerdo con lo establecido en los artículos 25.2
y 27 del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, aprobado por Real
Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre; y en la Instrucción IS-21, del Consejo de
Seguridad Nuclear, sobre requisitos aplicables a las modificaciones en las centrales
nucleares.
El objeto de la solicitud es la construcción de una nueva instalación temporal
independiente de almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos especiales
en la Central Nuclear de Cofrentes, que permita aumentar la capacidad de
almacenamiento de contenedores actualmente disponible hasta cubrir el 100 % de las
necesidades de almacenamiento de la instalación hasta el final de la vida prevista de la
misma.
Posteriormente, con fecha 1 de agosto de 2023, el Director de la Central Nuclear de
Cofrentes solicitó a la Dirección General de Política Energética y Minas el inicio del
trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria para la formulación de la
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de construcción del ATI-100 de la Central
Nuclear de Cofrentes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
Tras la sustanciación de los trámites previstos por la citada Ley 21/2013, de 9 de
diciembre de evaluación ambiental, con fecha 22 de julio de 2024, la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental resolvió la formulación de la declaración de impacto
ambiental del proyecto «Almacén temporal individualizado de capacidad total (ATI-100)
en la central nuclear de Cofrentes».
Conforme a lo dispuesto en dicha declaración, con fecha 5 de febrero de 2025, el
Director de la Central Nuclear de Cofrentes remitió a esta Dirección General un
documento acreditando que cada una de las medidas establecidas en el estudio de
impacto ambiental y en la citada declaración estaban definidas y presupuestadas.
Asimismo, con fecha 7 de febrero de 2025, el Consejo de Seguridad Nuclear emitió
su informe favorable sobre la solicitud de autorización de ejecución y montaje del
Almacén Temporal Individualizado (ATI-100) de la Central Nuclear de Cofrentes.
De conformidad con el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas,
aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre; con el Reglamento sobre
protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones
ionizantes, aprobado por Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre; y teniendo en
cuenta la Declaración de Impacto Ambiental formulada por Resolución, de 22 de julio
de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

cve: BOE-A-2025-4058
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