Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-4080)
Pleno. Sentencia 27/2025, de 29 de enero de 2025. Cuestión de inconstitucionalidad 2796-2024. Planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en relación con las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Derecho de acceso a las funciones públicas y competencias en materia de función pública: inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad por incorrecta formulación del juicio de aplicabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Viernes 28 de febrero de 2025

Sec. TC. Pág. 28454

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4080

Pleno. Sentencia 27/2025, de 29 de enero de 2025. Cuestión de
inconstitucionalidad 2796-2024. Planteada por la Sección Segunda de la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CastillaLa Mancha en relación con las disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo público. Derecho de acceso a las funciones
públicas y competencias en materia de función pública: inadmisión de la
cuestión de inconstitucionalidad por incorrecta formulación del juicio de
aplicabilidad.

ECLI:ES:TC:2025:27
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, doña
Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2796-2024 promovida por la Sección
Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Castilla-La Mancha en relación con las disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público. Han comparecido y formulado alegaciones el
abogado del Estado, el Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y
el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla.
Antecedentes

1. El 22 de abril de 2024 tuvo entrada en el registro general de este Tribunal
Constitucional oficio de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha por el que se remite, junto con el
testimonio de las actuaciones, el auto de 2 de abril de 2024 por el que se acuerda
plantear cuestión de inconstitucionalidad en relación con las disposiciones adicionales
sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, por su posible contradicción con los
arts. 23.2 y 149.1.18 CE.
La disposición adicional sexta de la Ley 20/2021 establece:
«Las administraciones públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo
con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP [texto refundido de la Ley del estatuto
básico del empleado público], por el sistema de concurso, aquellas plazas que,
reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con
carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016.

cve: BOE-A-2025-4080
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I.