Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-4079)
Pleno. Sentencia 26/2025, de 29 de enero de 2025. Recurso de inconstitucionalidad 5514-2023. Interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso en relación con diversos preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Competencias sobre ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, legislación civil y procedimiento administrativo común; principios de autonomía local y autonomía financiera de las comunidades autónomas; derechos a la propiedad y a la tutela judicial efectiva: pérdida parcial de objeto del proceso en los preceptos legales declarados inconstitucionales y nulos por la STC 79/2024, de 21 de mayo; nulidad parcial de los preceptos legales que regulan la inadmisión de las demandas que pretendan la recuperación de la posesión de una finca cuando el demandante tenga la condición de gran tenedor; extensión de los efectos de la declaración de nulidad al precepto que enumera los documentos que deben acompañar a las demandas ejecutivas. Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Viernes 28 de febrero de 2025

Sec. TC. Pág. 28453

las razones que se han expuesto debían haber sido igualmente declarados
inconstitucionales y nulos por conexión o consecuencia (art. 39.1 LOTC).
En conclusión, consideramos que la sentencia debió haber apreciado –y en el fallo
haber declarado– que el art. 15.1 c) de la Ley 12/2023 no vulnera el principio de
autonomía local (arts. 137 y 140 CE) en tanto se interprete de conformidad con los
razonamientos que acabamos de expresar; que son inconstitucionales y nulas las
siguientes previsiones del art. 31: en el apartado 1, letra b), el inciso «precio total y
conceptos en este incluidos, así como las condiciones de financiación o pago que, en su
caso, pudieran establecerse»; en la letra c) desde «entre ellas» hasta el final de la letra,
incluyendo la totalidad de los subapartados 1 a 7; en la letra d) el inciso «la identificación
registral de la finca, con la referencia de las cargas, gravámenes y afecciones de
cualquier naturaleza, y la cuota de participación fijada en el título de propiedad»; las
letras f) y g), y el apartado 2; el párrafo segundo del art. 17.7 LAU; la disposición
transitoria tercera de la Ley y el inciso del apartado 2 del art. 685 LEC –según redacción
dada por la disposición final quinta apartado octavo de la Ley 12/2023–, al que se ha
hecho referencia.
Y en este sentido emitimos nuestro voto.

cve: BOE-A-2025-4079
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Madrid, a veintinueve de enero de dos mil veinticinco.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–
Concepción Espejel Jorquera.–César Tolosa Tribiño.–José María Macías Castaño.–
Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X