Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2025-3957)
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como las cuotas individuales de merluza sur (HKE/8C3411) para los buques de volanta autorizados a faenar en aguas del caladero Cantábrico y Noroeste durante el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27509
noviembre, por el que se establece un régimen de comunitario de control para garantizar
el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, previsión que quedó
recogida en el artículo 9, apartado 3 de la norma APA/315/2020, de 1 de abril. Hay que
tener en cuenta que la cantidad en concepto de rebasamiento de cuota más coeficiente
multiplicador (deducción por rebasamiento) deducida a los buques con rebasamiento de
cuota como indicado, forma parte de la asignación que España tiene para 2025, por lo
que procede repartir este montante de forma independiente, por posibilidades de pesca,
entre las distintas modalidades.
La cuota adaptada disponible de merluza (stock HKE/8C3411) para la modalidad de
volanta asciende a 2.259.916 kg.
Segundo.
Conforme a lo indicado en el anexo II y en el artículo 3.3.a) de la Orden 315/2020,
de 1 de abril, los buques de la modalidad de volanta en el Cantábrico y Noroeste cuyas
posibilidades de pesca de merluza sur (stock HKE/8C3411) no llegan al mínimo del 2 %,
tienen que abandonar la pesquería de esta especie y no pueden hacer pesca dirigida a
la misma.
Tercero.
Esta resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2025.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de febrero de 2025.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO I
Listado de buques de la modalidad de volanta en el Cantábrico y Noroeste
con posibilidades de pesca de merluza sur (stock HKE/8C3411) y cuota adaptada
para 2025
Nombre de barco
Tipo de gestión
Entidad
23570 ARADON BERRIA.
23487
NUEVO VIRGEN
GUADALUPANA.
CONJUNTA.
A. ARTES FIJAS CNW.
24835 BRISAS DE CEDEIRA.
2,2012
91.783
12.494
104.277
195.050
20.040
215.091
136.555
19.080
155.636
2,6451
CONJUNTA.
AVOCANO – GRUPO 1.
TRES HERMANOS
CACHARELOS.
27435 BRISAS DE ALBA.
Cuota
adaptada
–
kg
2,4567
22240 NUEVO ENZO.
25747
Flexibilidad
interanual
–
kg
2,3113
24097 NAVEOTE.
26633 SIEMPRE DIABLILLO.
Cuota inicial
–
kg
2,0912
2,3966
CONJUNTA.
AVOCANO – GRUPO 2.
3,3018
3,4119
cve: BOE-A-2025-3957
Verificable en https://www.boe.es
CFO
Posibilidades
de pesca
–
Porcentaje
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27509
noviembre, por el que se establece un régimen de comunitario de control para garantizar
el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, previsión que quedó
recogida en el artículo 9, apartado 3 de la norma APA/315/2020, de 1 de abril. Hay que
tener en cuenta que la cantidad en concepto de rebasamiento de cuota más coeficiente
multiplicador (deducción por rebasamiento) deducida a los buques con rebasamiento de
cuota como indicado, forma parte de la asignación que España tiene para 2025, por lo
que procede repartir este montante de forma independiente, por posibilidades de pesca,
entre las distintas modalidades.
La cuota adaptada disponible de merluza (stock HKE/8C3411) para la modalidad de
volanta asciende a 2.259.916 kg.
Segundo.
Conforme a lo indicado en el anexo II y en el artículo 3.3.a) de la Orden 315/2020,
de 1 de abril, los buques de la modalidad de volanta en el Cantábrico y Noroeste cuyas
posibilidades de pesca de merluza sur (stock HKE/8C3411) no llegan al mínimo del 2 %,
tienen que abandonar la pesquería de esta especie y no pueden hacer pesca dirigida a
la misma.
Tercero.
Esta resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2025.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 25 de febrero de 2025.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO I
Listado de buques de la modalidad de volanta en el Cantábrico y Noroeste
con posibilidades de pesca de merluza sur (stock HKE/8C3411) y cuota adaptada
para 2025
Nombre de barco
Tipo de gestión
Entidad
23570 ARADON BERRIA.
23487
NUEVO VIRGEN
GUADALUPANA.
CONJUNTA.
A. ARTES FIJAS CNW.
24835 BRISAS DE CEDEIRA.
2,2012
91.783
12.494
104.277
195.050
20.040
215.091
136.555
19.080
155.636
2,6451
CONJUNTA.
AVOCANO – GRUPO 1.
TRES HERMANOS
CACHARELOS.
27435 BRISAS DE ALBA.
Cuota
adaptada
–
kg
2,4567
22240 NUEVO ENZO.
25747
Flexibilidad
interanual
–
kg
2,3113
24097 NAVEOTE.
26633 SIEMPRE DIABLILLO.
Cuota inicial
–
kg
2,0912
2,3966
CONJUNTA.
AVOCANO – GRUPO 2.
3,3018
3,4119
cve: BOE-A-2025-3957
Verificable en https://www.boe.es
CFO
Posibilidades
de pesca
–
Porcentaje