Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3952)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial de prórroga y modificación del VIII Convenio colectivo de Carlson Wagonlit España, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
–
–
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Sec. III. Pág. 27424
Doña Esther Martí Monfort – CC.OO.
Doña María Rosa Millán Rodríguez – CC.OO.
Don Óscar de la Casa Hava – CC.OO.
Don Esteban Martínez Gracia – UGT.
Doña Rosario Montes Peralta – UGT.
Asistida por don Jordi Marti García (asesor CC.OO.) y doña Raquel Gómez Alonso
(asesora UGT).
La representación empresarial y la social (ambas conjuntamente denominadas, las
«Partes»), reconociéndose mutuamente capacidad para firmar el presente documento
EXPONEN
I. El VIII Convenio Colectivo de Carlson Wagonlit España, SLU (ahora denominada
CWT Global España, SLU, la «Empresa»), publicado en el BOE en fecha 27 de febrero
de 2020 (Código de Convenio 90012242012000) (el «Convenio»), con vigencia temporal
hasta 31 de diciembre de 2021 y prorrogado de forma automática hasta el 31 de
diciembre de 2022, fue denunciado por la representación empresarial el 20 de diciembre
de 2022. La denuncia quedó inscrita en el Registro de convenios y acuerdos colectivos
de trabajo de la Dirección General de Trabajo, con fecha 27 de diciembre de 2022.
II. La representación empresarial y la de las personas trabajadoras, a través del
Comité Intercentros –que tiene la facultad y competencia de la negociación colectiva
según dispone el artículo 59 del VIII Convenio Colectivo de la Empresa y manifestó su
voluntad de negociación a la parte empresarial y denunciante del VIII Convenio Colectivo
de la Empresa respondiendo con su aceptación a iniciar el proceso negociador–
constituyeron el 18 de enero de 2023 la mesa de negociación del IX Convenio Colectivo
de la Empresa.
III. El 11 de diciembre de 2023, las Partes alcanzaron un acuerdo en el SIMA
prorrogando la ultraactividad del Convenio hasta 31 de diciembre de 2024.
IV. Las Partes han continuado negociando durante el año 2024 y, tras 29 reuniones
en total desde la constitución de la comisión negociadora, han concluido que no resulta
posible en estos momentos alcanzar un acuerdo para la firma de un nuevo convenio por
lo que han consensuado poner fin a la negociación pactando la prórroga del Convenio,
con revisión de determinados artículos. En concreto, las Partes alcanzan los siguientes
ACUERDOS
Primero.
El VIII Convenio Colectivo de CWT Global España, SLU queda prorrogado hasta
el 31 de diciembre de 2025. Se sustituye, por tanto, de su artículo 3, «La duración del
convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021» por «La duración del convenio
se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025».
Segundo.
a) Se introduce en el apartado 2.B del artículo 15 (Casos especiales: Excepciones
al régimen general) un nuevo apartado d) con la siguiente redacción:
«d) Plantilla de las áreas de Customer Management, Customer Marketing,
Customer Management Support, Customer Sales, Enterprise IT, Finance &
Strategy, Human Resources, Legal, Meetings & Events, Supplier Management,
RoomIt & Solutions Group y TX Support: Durante los meses de julio y agosto, su
horario será de lunes a viernes de 08:30 horas a 16:00 horas.»
cve: BOE-A-2025-3952
Verificable en https://www.boe.es
Las Partes acuerdan modificar los siguientes artículos del convenio:
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
–
–
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Sec. III. Pág. 27424
Doña Esther Martí Monfort – CC.OO.
Doña María Rosa Millán Rodríguez – CC.OO.
Don Óscar de la Casa Hava – CC.OO.
Don Esteban Martínez Gracia – UGT.
Doña Rosario Montes Peralta – UGT.
Asistida por don Jordi Marti García (asesor CC.OO.) y doña Raquel Gómez Alonso
(asesora UGT).
La representación empresarial y la social (ambas conjuntamente denominadas, las
«Partes»), reconociéndose mutuamente capacidad para firmar el presente documento
EXPONEN
I. El VIII Convenio Colectivo de Carlson Wagonlit España, SLU (ahora denominada
CWT Global España, SLU, la «Empresa»), publicado en el BOE en fecha 27 de febrero
de 2020 (Código de Convenio 90012242012000) (el «Convenio»), con vigencia temporal
hasta 31 de diciembre de 2021 y prorrogado de forma automática hasta el 31 de
diciembre de 2022, fue denunciado por la representación empresarial el 20 de diciembre
de 2022. La denuncia quedó inscrita en el Registro de convenios y acuerdos colectivos
de trabajo de la Dirección General de Trabajo, con fecha 27 de diciembre de 2022.
II. La representación empresarial y la de las personas trabajadoras, a través del
Comité Intercentros –que tiene la facultad y competencia de la negociación colectiva
según dispone el artículo 59 del VIII Convenio Colectivo de la Empresa y manifestó su
voluntad de negociación a la parte empresarial y denunciante del VIII Convenio Colectivo
de la Empresa respondiendo con su aceptación a iniciar el proceso negociador–
constituyeron el 18 de enero de 2023 la mesa de negociación del IX Convenio Colectivo
de la Empresa.
III. El 11 de diciembre de 2023, las Partes alcanzaron un acuerdo en el SIMA
prorrogando la ultraactividad del Convenio hasta 31 de diciembre de 2024.
IV. Las Partes han continuado negociando durante el año 2024 y, tras 29 reuniones
en total desde la constitución de la comisión negociadora, han concluido que no resulta
posible en estos momentos alcanzar un acuerdo para la firma de un nuevo convenio por
lo que han consensuado poner fin a la negociación pactando la prórroga del Convenio,
con revisión de determinados artículos. En concreto, las Partes alcanzan los siguientes
ACUERDOS
Primero.
El VIII Convenio Colectivo de CWT Global España, SLU queda prorrogado hasta
el 31 de diciembre de 2025. Se sustituye, por tanto, de su artículo 3, «La duración del
convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021» por «La duración del convenio
se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025».
Segundo.
a) Se introduce en el apartado 2.B del artículo 15 (Casos especiales: Excepciones
al régimen general) un nuevo apartado d) con la siguiente redacción:
«d) Plantilla de las áreas de Customer Management, Customer Marketing,
Customer Management Support, Customer Sales, Enterprise IT, Finance &
Strategy, Human Resources, Legal, Meetings & Events, Supplier Management,
RoomIt & Solutions Group y TX Support: Durante los meses de julio y agosto, su
horario será de lunes a viernes de 08:30 horas a 16:00 horas.»
cve: BOE-A-2025-3952
Verificable en https://www.boe.es
Las Partes acuerdan modificar los siguientes artículos del convenio: