Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2025-3955)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se dispone para la campaña 2025 en el Océano Índico la asignación de posibilidades de pesca de rabil («Thunnus albacares»), se fijan los límites de captura de patudo («Thunnus obesus») y se actualiza el censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical (CATI) creado por Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27498
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
3955
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por
la que se dispone para la campaña 2025 en el Océano Índico la asignación
de posibilidades de pesca de rabil («Thunnus albacares»), se fijan los límites
de captura de patudo («Thunnus obesus») y se actualiza el censo específico
de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical
(CATI) creado por Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula
el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un
censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos
tropicales en el Océano Índico.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 7 de la Orden APA/25/2021, de 19
de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano
Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de
túnidos tropicales en el Océano Índico.
Teniendo en cuenta que la cuota de rabil en el Océano Índico asignada a España
para el año 2025 es de 42.903 toneladas, y de patudo en el Océano Índico es de 12.862
toneladas, tal y como se recoge en el anexo IJ del Reglamento (UE) 2025/202 del
Consejo de 30 de enero de 2025, por el que se fijan para 2025 y 2026 las posibilidades
de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en
el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes
a la Unión, y se modifica el Reglamento (UE) 2024/257.
Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado y las Comunidades
Autónomas, resuelve:
Primero.
La cuota de 42.903 toneladas de rabil asignada al Reino de España se asignará tal y
como se indica a continuación:
– 42.473,97 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros
cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI).
– 429,03 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las
capturas accesorias de otras flotas.
Segundo.
– 12.733,38 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros
cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI).
– 128,62 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las
capturas accesorias de otras flotas.
Tercero.
Publicar como anexo de la presente resolución el censo específico de atuneros
cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical (CATI), ordenados
alfabéticamente indicando, para cada uno de ellos, las posibilidades de pesca y la cuota
cve: BOE-A-2025-3955
Verificable en https://www.boe.es
La cuota de 12.862 toneladas de patudo asignada al Reino de España se distribuirá
estableciendo límites individuales del volumen de capturas, tal y como se indica a
continuación:
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27498
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
3955
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por
la que se dispone para la campaña 2025 en el Océano Índico la asignación
de posibilidades de pesca de rabil («Thunnus albacares»), se fijan los límites
de captura de patudo («Thunnus obesus») y se actualiza el censo específico
de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical
(CATI) creado por Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula
el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un
censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos
tropicales en el Océano Índico.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 7 de la Orden APA/25/2021, de 19
de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano
Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de
túnidos tropicales en el Océano Índico.
Teniendo en cuenta que la cuota de rabil en el Océano Índico asignada a España
para el año 2025 es de 42.903 toneladas, y de patudo en el Océano Índico es de 12.862
toneladas, tal y como se recoge en el anexo IJ del Reglamento (UE) 2025/202 del
Consejo de 30 de enero de 2025, por el que se fijan para 2025 y 2026 las posibilidades
de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en
el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes
a la Unión, y se modifica el Reglamento (UE) 2024/257.
Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado y las Comunidades
Autónomas, resuelve:
Primero.
La cuota de 42.903 toneladas de rabil asignada al Reino de España se asignará tal y
como se indica a continuación:
– 42.473,97 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros
cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI).
– 429,03 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las
capturas accesorias de otras flotas.
Segundo.
– 12.733,38 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros
cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI).
– 128,62 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las
capturas accesorias de otras flotas.
Tercero.
Publicar como anexo de la presente resolución el censo específico de atuneros
cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical (CATI), ordenados
alfabéticamente indicando, para cada uno de ellos, las posibilidades de pesca y la cuota
cve: BOE-A-2025-3955
Verificable en https://www.boe.es
La cuota de 12.862 toneladas de patudo asignada al Reino de España se distribuirá
estableciendo límites individuales del volumen de capturas, tal y como se indica a
continuación: