Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Instituto de Salud Carlos III. Precios públicos. (BOE-A-2025-3966)
Resolución de 17 de febrero de 2025, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se establecen los precios públicos correspondientes a la prestación de servicios y actividades del organismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27581
artículo 20.Uno.2.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA), estarán exentas de IVA.
Quinto.
El pago de los precios públicos por la realización de la actividad docente de la ENS
se realizará mediante ingreso de su importe en la cuenta que el organismo tiene
autorizada al efecto en el Banco de España con IBAN ES35 9000 0001 2002 0000 9880.
El pago de los precios públicos del resto de las actividades se abonará mediante
ingreso en la cuenta que el organismo tiene autorizada al efecto en el Banco de España
con IBAN ES45 9000.0001.20.0200009118.
Sexto.
El período voluntario de pago se establece en 60 días naturales desde la fecha de la
notificación, en correspondencia con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29
de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales.
Transcurrido dicho período sin haberse efectuado el pago correspondiente a la
prestación realizada se procederá, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.6 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, a su exigencia por el
procedimiento administrativo de apremio de acuerdo con lo dispuesto en Real
Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación.
Disposición transitoria única.
Actividades de formación iniciadas.
Las actividades de formación ya iniciadas a la entrada en vigor de la presente
resolución se regirán por lo dispuesto en la Resolución de 6 de octubre de 2017, del
Instituto de Salud Carlos III, por la que se establecen los precios privados a satisfacer
por la prestación de actividades de formación en el organismo. A estos efectos
se entiende como inicio de la actividad formativa la fecha en la que se presente la
preinscripción, la inscripción o la matrícula, tomando la que primero acontezca en caso
de que concurra más de una formalización.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o
se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.
Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
Disposición final única.
La presente resolución entrará en vigor a los treinta días hábiles posteriores a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de febrero de 2025.–La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,
M.P., Marina Anunciación Pollán Santamaría.
cve: BOE-A-2025-3966
Verificable en https://www.boe.es
a) Resolución de 6 de octubre de 2017, del Instituto de Salud Carlos III, por la que
se establecen los precios privados a satisfacer por la prestación de actividades de
formación en el organismo, con la salvedad prevista en la disposición transitoria única.
b) Resolución de 3 de abril de 2019, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por
la que se establecen los precios públicos correspondientes a la prestación de servicios y
actividades del organismo.
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27581
artículo 20.Uno.2.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA), estarán exentas de IVA.
Quinto.
El pago de los precios públicos por la realización de la actividad docente de la ENS
se realizará mediante ingreso de su importe en la cuenta que el organismo tiene
autorizada al efecto en el Banco de España con IBAN ES35 9000 0001 2002 0000 9880.
El pago de los precios públicos del resto de las actividades se abonará mediante
ingreso en la cuenta que el organismo tiene autorizada al efecto en el Banco de España
con IBAN ES45 9000.0001.20.0200009118.
Sexto.
El período voluntario de pago se establece en 60 días naturales desde la fecha de la
notificación, en correspondencia con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29
de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales.
Transcurrido dicho período sin haberse efectuado el pago correspondiente a la
prestación realizada se procederá, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.6 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, a su exigencia por el
procedimiento administrativo de apremio de acuerdo con lo dispuesto en Real
Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación.
Disposición transitoria única.
Actividades de formación iniciadas.
Las actividades de formación ya iniciadas a la entrada en vigor de la presente
resolución se regirán por lo dispuesto en la Resolución de 6 de octubre de 2017, del
Instituto de Salud Carlos III, por la que se establecen los precios privados a satisfacer
por la prestación de actividades de formación en el organismo. A estos efectos
se entiende como inicio de la actividad formativa la fecha en la que se presente la
preinscripción, la inscripción o la matrícula, tomando la que primero acontezca en caso
de que concurra más de una formalización.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o
se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.
Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
Disposición final única.
La presente resolución entrará en vigor a los treinta días hábiles posteriores a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de febrero de 2025.–La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,
M.P., Marina Anunciación Pollán Santamaría.
cve: BOE-A-2025-3966
Verificable en https://www.boe.es
a) Resolución de 6 de octubre de 2017, del Instituto de Salud Carlos III, por la que
se establecen los precios privados a satisfacer por la prestación de actividades de
formación en el organismo, con la salvedad prevista en la disposición transitoria única.
b) Resolución de 3 de abril de 2019, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por
la que se establecen los precios públicos correspondientes a la prestación de servicios y
actividades del organismo.