Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Sistema gasista. Gestión técnica. (BOE-A-2025-3873)
Orden TED/181/2025, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista de competencia ministerial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 27145

hydrocarbon and non-petroleum based liquefied gaseous fuels – General requirements
for automatic tank gauges.
Tanto en la medida inicial como en la final, para cada uno de los tanques se
realizarán, con los medidores de nivel, al menos dos medidas a intervalos de tiempo
superiores a dos minutos, tomándose el valor medio aritmético de dichas medidas,
redondeado al número entero en mm.
Al valor obtenido para cada uno de los tanques, de ser necesario, se aplicará su
correspondiente corrección de escora y/o asiento. Si para la obtención de las medidas se
hubiese utilizado un medidor de flotador, además, se harán las correcciones
correspondientes por contracción térmica de la cinta o cable que lo sustenta debido a la
diferencia de temperatura del vapor y la de calibración del medidor de nivel y por la
densidad del GNL.
Al final de todas estas correcciones, se redondeará a número entero en mm, si fuese
necesario.
3.5.5
flujo.

Determinación de la masa/volumen del GNL y vapor mediante medidores de

La determinación de la masa/volumen del GNL y de vapor se realizará mediante
medidores de caudal másico (tipo Coriolis) o medidores de caudal volumétrico (tipo
ultrasónicos) instalados en las líneas de transferencia entre la planta y el buque, junto
con su instrumentación asociada.
El cálculo de totalización de la masa/volumen se realizará en un computador de
caudal, a partir de las lecturas del medidor de caudal e instrumentos asociados, o
mediante otro dispositivo/aplicación en función de los sistemas que disponga la planta.
Los caudales másicos y volumétricos se expresarán en kg/h y m3/h respectivamente,
con dos cifras decimales.
La medida totalizada en masa se expresará en kg sin decimales, y el totalizado en
volumen se expresará en metros cúbicos, redondeado a tres decimales.
Los caudalímetros para GNL se podrán calibrar con agua o en condiciones
criogénicas y los de vapor con aire en condiciones atmosféricas, en un laboratorio
acreditado por la norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017: Requisitos generales para la
competencia de los laboratorios de ensayo y calibración. La configuración deberá incluir
las correcciones para su aplicación en condiciones criogénicas.
El control metrológico según el anexo XII del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio,
aplicará a los sistemas de medida dinámica de transferencia de GNL entre buque y
planta.
Los caudalímetros para la medida de vapor no requieren una certificación de un
organismo notificado como instrumentos individuales. En el caso de que estos medidores
formen parte de un sistema conjunto con la medida GNL, podrán ser incluidos en dicho
sistema para la certificación del sistema de medida en su conjunto.
Determinación de la temperatura del líquido y del vapor de GNL en los

La temperatura del líquido y vapor de GNL en cada tanque del buque se medirá
inmediatamente después de la medida del nivel del líquido, antes de las operaciones de
carga o descarga e inmediatamente después de éstas. Cada tanque contará con varios
medidores de temperatura, situándose uno en el fondo del tanque y otro en la parte más
alta para asegurar la medida de la temperatura del líquido y del vapor respectivamente.
El resto de los medidores de temperatura se instalarán separados a distancias iguales a
lo largo de toda la altura del tanque.
Sus características, instalación, funcionamiento y comprobaciones cumplirán con los
requisitos establecidos para medidores de Clase A, en la norma ISO 8310 Refrigerated
hydrocarbon and non-petroleum based liquefied gaseous fuels – General requirements
for automatic tank thermometers on board marine carriers and floating storage.

cve: BOE-A-2025-3873
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3.5.6
tanques.