Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Sistema gasista. Gestión técnica. (BOE-A-2025-3873)
Orden TED/181/2025, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista de competencia ministerial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 27103

– Punto de carga de GNL a cisternas en plantas de regasificación (PCCC).
Punto del sistema gasista por el que sale GNL desde un tanque o desde un buque en
una planta de regasificación hacia una cisterna/contenedor.
– Punto de suministro.
Cualquier punto por el que el gas procedente del sistema gasista entra en las
instalaciones del consumidor de gas.
Según puedan condicionar la operación normal de la red a la que está conectados,
éstos se clasifican de la siguiente forma:
● Todos los puntos de suministro conectados a redes de presión superior a 16 bar
con caudal horario contratado igual o superior a 25.000 m3 (n)/h.
● Aquellos puntos de suministro conectados a redes de presión superior a 16 bar
que, por su consumo, tipo o ubicación en la red puedan condicionar la operación normal
de las redes a las que estén conectados. Estos últimos puntos de suministro serán
definidos anualmente por el Gestor Técnico del Sistema (en adelante, GTS) con la
información de transportistas y distribuidores y comunicados a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia (en adelante, CNMC) y a la Dirección General de Política
Energética y Minas.
– Plantas satélites monocliente.
Aquellas que alimentan un único consumidor.
– Plantas satélites de distribución.
Aquellas que alimentan una o varias redes de distribución.
– Calibración.
Proceso por el que se establecen las condiciones especificadas, la relación entre los
valores de una magnitud indicados por un instrumento de medida o un sistema de
medida, o los valores representados por una medida materializada o por un material de
referencia, y los valores correspondientes de esa magnitud realizados por patrones.
– Comprobación.
Proceso de revisión del correcto funcionamiento de las líneas donde se han
contrastado únicamente las condiciones de operación de presión y temperatura,
asegurando que los errores quedan dentro de los máximos permitidos.
– Confirmación metrológica.

– Cuenta de Balance Operativa u Operational Balancing Account (OBA).
Cuenta en la que se acumulan cantidades de gas/GNL determinadas por la
diferencia entre la cantidad total medida en el punto de conexión que corresponda y la
suma de los repartos de los usuarios en dicho punto de conexión.

cve: BOE-A-2025-3873
Verificable en https://www.boe.es

Proceso por el que se asegura que el instrumento o sistema de medida es conforme
a los requisitos correspondientes a su uso previsto, según establezcan la normativa de
control metrológico del Estado y, en su caso, las normas técnicas aplicables.
Incluye la calibración y verificación, cualquier ajuste o reparación necesario, y la
subsiguiente recalibración, la comparación con requisitos metrológicos del uso previsto
del equipo, así como cualquier sellado y etiquetado requerido.