Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-3863)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico de la Modificación del Programa del Fondo de Transición Justa 2021-2027.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27029
– Acciones de reacondicionamiento de espacios mineros o de recuperación de otros
espacios degradados que incorporen mejoras significativas para la biodiversidad (SP4, SP5).
– Acciones relacionadas con el turismo dirigidas a reducir las presiones que causa
esta actividad sobre espacios protegidos de cualquier tipo o sobre hábitats de especies
particularmente vulnerables o frágiles frente a este uso (SP5).
3. Condiciones al seguimiento ambiental del Programa
Indicadores de resultados y de impacto ambiental (seguimiento ambiental).
Subprioridades 1 y 2: para las operaciones de utilización de biomasa como
combustible, añadir como indicador de impacto ambiental el de emisiones anuales de los
principales gases contaminantes en fase de explotación: NO2, SO2, ozono y material
particulado. Para las operaciones de producción o utilización de hidrógeno verde añadir
como indicador de impacto ambiental el de consumo anual de agua en fase de
explotación, diferenciando su origen: masas de agua, aguas regeneradas o desaladas,
redes de abastecimiento.
Subprioridad 5. Añadir indicadores de resultado sobre la superficies de hábitats de
interés comunitario o de hábitat de especies de interés comunitario restaurados y
concretar los hábitats y especies beneficiadas.
Se procede a la publicación de esta resolución, según lo previsto en el apartado
tercero del artículo 31 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano
promotor y sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del
programa.
De acuerdo con el apartado 5 del artículo 31 de la Ley de evaluación ambiental, el
informe ambiental estratégico no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que
procedan en vía administrativa o judicial frente al acto por el que se aprueba o adopta el
programa.
Madrid, 20 de febrero de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO 1
Administraciones afectadas y personas interesadas consultadas, y contestaciones
recibidas (hasta 30 de diciembre de 2024)
Consultado
Contesta
DG Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
Fundación Biodiversidad.
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Confederación Hidrográfica del Cantábrico.
X
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Confederación Hidrográfica del Duero.
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
X
Confederación Hidrográfica del Segura.
Confederación Hidrográfica del Júcar.
OA Parques nacionales.
DG de Calidad y Evaluación Ambiental.
X
OECC Oficina Española Cambio climático.
X
cve: BOE-A-2025-3863
Verificable en https://www.boe.es
Confederación Hidrográfica del Ebro.
Administración General
del Estado.
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27029
– Acciones de reacondicionamiento de espacios mineros o de recuperación de otros
espacios degradados que incorporen mejoras significativas para la biodiversidad (SP4, SP5).
– Acciones relacionadas con el turismo dirigidas a reducir las presiones que causa
esta actividad sobre espacios protegidos de cualquier tipo o sobre hábitats de especies
particularmente vulnerables o frágiles frente a este uso (SP5).
3. Condiciones al seguimiento ambiental del Programa
Indicadores de resultados y de impacto ambiental (seguimiento ambiental).
Subprioridades 1 y 2: para las operaciones de utilización de biomasa como
combustible, añadir como indicador de impacto ambiental el de emisiones anuales de los
principales gases contaminantes en fase de explotación: NO2, SO2, ozono y material
particulado. Para las operaciones de producción o utilización de hidrógeno verde añadir
como indicador de impacto ambiental el de consumo anual de agua en fase de
explotación, diferenciando su origen: masas de agua, aguas regeneradas o desaladas,
redes de abastecimiento.
Subprioridad 5. Añadir indicadores de resultado sobre la superficies de hábitats de
interés comunitario o de hábitat de especies de interés comunitario restaurados y
concretar los hábitats y especies beneficiadas.
Se procede a la publicación de esta resolución, según lo previsto en el apartado
tercero del artículo 31 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano
promotor y sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del
programa.
De acuerdo con el apartado 5 del artículo 31 de la Ley de evaluación ambiental, el
informe ambiental estratégico no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que
procedan en vía administrativa o judicial frente al acto por el que se aprueba o adopta el
programa.
Madrid, 20 de febrero de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO 1
Administraciones afectadas y personas interesadas consultadas, y contestaciones
recibidas (hasta 30 de diciembre de 2024)
Consultado
Contesta
DG Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
Fundación Biodiversidad.
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Confederación Hidrográfica del Cantábrico.
X
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Confederación Hidrográfica del Duero.
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
X
Confederación Hidrográfica del Segura.
Confederación Hidrográfica del Júcar.
OA Parques nacionales.
DG de Calidad y Evaluación Ambiental.
X
OECC Oficina Española Cambio climático.
X
cve: BOE-A-2025-3863
Verificable en https://www.boe.es
Confederación Hidrográfica del Ebro.
Administración General
del Estado.