Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3854)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación España Salud, para la instalación de desfibriladores en dependencias policiales de Navarra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Miércoles 26 de febrero de 2025
Cuarta.

Sec. III. Pág. 26773

Revisión y mantenimiento.

A fin de garantizar una adecuada protección y mantenimiento de los desfibriladores,
FES ofrecerá un servicio global de asistencia permanente y mantenimiento durante el
periodo de vigencia del presente acuerdo.
La Jefatura Superior de Policía de Navarra incorporará los aparatos desfibriladores a
sus protocolos de revisión habitual para detectar las anomalías que, en su caso, se
puedan producir y comunicarlas a la mayor brevedad a los servicios técnicos de la FES.
Quinta. Financiación.
El presente convenio no conlleva contraprestación económica alguna entre las partes.
FES gestionará la búsqueda activa en incorporación al proyecto de un patrocinador
necesario para la puesta en marcha del mismo, quien correrá con los gastos de
adquisición de equipos sin contraprestación alguna, cuya mención podrá figurar en el
adhesivo que figura en la parte frontal del cofre cardíaco donde se aloja el desfibrilador y
que ofrece unas básicas indicaciones de actuación.
La red de desfibriladores en otras dependencias de la Jefatura Superior de Policía de
Navarra se podría ir ampliando de acuerdo a la disponibilidad de patrocinadores de
proyecto en fases sucesivas y de conformidad con las necesidades objetivas existentes,
tramitándose para ello la correspondiente adenda modificativa.
El desarrollo de este convenio no supondrá coste económico alguno para la
Dirección General de la Policía, contribuyendo de esta manera al cumplimento de la
legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Sexta.

Comisión Mixta de Seguimiento.

Para la correcta interpretación y seguimiento del presente convenio, así como para la
decisión sobre cuestiones específicas que tengan relación con el mismo, se acuerda
crear una Comisión Mixta de Seguimiento integrada por dos representantes de la
Fundación España Salud y dos representante Dirección General de la Policía.
En el seno de esta Comisión se resolverán los posibles problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan darse, además de verificar el cumplimiento de los
compromisos adquiridos por los firmantes a través de la verificación de la documentación
formal asociada a los mismos.
El régimen de funcionamiento de la Comisión se adecuará a lo previsto para los
órganos colegiados, en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Séptima.

Naturaleza jurídica y legislación aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Octava.

Vinculación entre las partes.

Novena. Vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez sea inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicado en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

cve: BOE-A-2025-3854
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.