Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3866)
Resolución de 18 de febrero de 2025, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Gipuzkoa, para el acceso a la base de padrón del Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27045
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
3866
Resolución de 18 de febrero de 2025, del Instituto Nacional de Estadística,
por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Gipuzkoa, para
el acceso a la base de padrón del Instituto Nacional de Estadística.
Suscrito el Convenio entre el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas de la
Diputación Foral de Gipuzkoa y el Instituto Nacional de Estadística para el acceso a la
base de padrón del Instituto Nacional de Estadística, en función de lo establecido en el
punto 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 18 de febrero de 2025.–La Presidenta del Instituto Nacional de Estadística,
Elena Manzanera Díaz.
ANEXO
Convenio entre el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas de la Diputación
Foral de Gipuzkoa y el Instituto Nacional de Estadística para el acceso a la base de
padrón del Instituto Nacional de Estadística
REUNIDOS
De una parte, Itziar Agirre Berriotxoa, titular del Departamento de Hacienda y
Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, en virtud del nombramiento formalizado
por el Decreto Foral 6/2024, de 20 de agosto («Boletín Oficial de Gipuzkoa» número 160,
de 21 de agosto).
Y de otra, doña Cristina Casaseca Polo, Directora General de Estadísticas de la
Población del Instituto Nacional de Estadística, nombrada mediante Real
Decreto 1262/2024, de 10 de diciembre, actuando en representación del citado Instituto,
de conformidad con lo establecido en el apartado segundo, punto 1.f), de la Resolución
de 19 de junio de 2024 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística, por la que
se delegan competencias (BOE número 155, de 27 de junio).
Reconociéndose las partes la capacidad legal necesaria para firmar el presente
convenio, a tal efecto,
EXPONEN
El Departamento Foral de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa,
de acuerdo con el marco de competencias que establecen el Estatuto de Autonomía de
Euskadi, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, el Concierto
Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Ley 12/2002,
de 23 de mayo, las Normas Forales de las Juntas Generales y el ordenamiento jurídico
general, ejerce las competencias relativas a la gestión, inspección y recaudación de los
tributos y de los ingresos de derecho público, cuya titularidad ostenta la Diputación Foral
de Gipuzkoa. Corresponde a la Hacienda Foral de Gipuzkoa (en adelante, HFG) realizar
las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario de la Diputación
Foral de Gipuzkoa se aplique con generalidad y eficacia a todos los obligados tributarios,
los cuales no necesariamente son residentes en el ámbito del Territorio Histórico.
cve: BOE-A-2025-3866
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27045
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
3866
Resolución de 18 de febrero de 2025, del Instituto Nacional de Estadística,
por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Gipuzkoa, para
el acceso a la base de padrón del Instituto Nacional de Estadística.
Suscrito el Convenio entre el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas de la
Diputación Foral de Gipuzkoa y el Instituto Nacional de Estadística para el acceso a la
base de padrón del Instituto Nacional de Estadística, en función de lo establecido en el
punto 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 18 de febrero de 2025.–La Presidenta del Instituto Nacional de Estadística,
Elena Manzanera Díaz.
ANEXO
Convenio entre el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas de la Diputación
Foral de Gipuzkoa y el Instituto Nacional de Estadística para el acceso a la base de
padrón del Instituto Nacional de Estadística
REUNIDOS
De una parte, Itziar Agirre Berriotxoa, titular del Departamento de Hacienda y
Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, en virtud del nombramiento formalizado
por el Decreto Foral 6/2024, de 20 de agosto («Boletín Oficial de Gipuzkoa» número 160,
de 21 de agosto).
Y de otra, doña Cristina Casaseca Polo, Directora General de Estadísticas de la
Población del Instituto Nacional de Estadística, nombrada mediante Real
Decreto 1262/2024, de 10 de diciembre, actuando en representación del citado Instituto,
de conformidad con lo establecido en el apartado segundo, punto 1.f), de la Resolución
de 19 de junio de 2024 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística, por la que
se delegan competencias (BOE número 155, de 27 de junio).
Reconociéndose las partes la capacidad legal necesaria para firmar el presente
convenio, a tal efecto,
EXPONEN
El Departamento Foral de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa,
de acuerdo con el marco de competencias que establecen el Estatuto de Autonomía de
Euskadi, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, el Concierto
Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Ley 12/2002,
de 23 de mayo, las Normas Forales de las Juntas Generales y el ordenamiento jurídico
general, ejerce las competencias relativas a la gestión, inspección y recaudación de los
tributos y de los ingresos de derecho público, cuya titularidad ostenta la Diputación Foral
de Gipuzkoa. Corresponde a la Hacienda Foral de Gipuzkoa (en adelante, HFG) realizar
las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario de la Diputación
Foral de Gipuzkoa se aplique con generalidad y eficacia a todos los obligados tributarios,
los cuales no necesariamente son residentes en el ámbito del Territorio Histórico.
cve: BOE-A-2025-3866
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