Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Deuda del Estado. (BOE-A-2025-3867)
Orden ECM/180/2025, de 25 de febrero, por la que se dispone la emisión de Obligaciones del Estado a quince años mediante el procedimiento de sindicación.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27058
los artículos 9 y 15, ambos inclusive, así como la forma y la medida en que sea de
aplicación a la colocación de estas emisiones lo previsto en el artículo 7 y cuanto resulte
preciso para llevar a término la emisión. Las funciones de las entidades seleccionadas
terminarán, prorrateo incluido en su caso, con el ingreso del importe de la emisión en la
cuenta del Tesoro en el Banco de España en la fecha fijada.
Con el respaldo legal anteriormente descrito, la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional considera recomendable emitir una nueva referencia a quince
años. Por Orden de 21 de febrero de 2025, se ha otorgado un mandato a seis entidades,
pertenecientes al grupo de Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones del Reino de
España, para que lideren y organicen la emisión del primer tramo de una nueva referencia
de Obligaciones del Estado a quince años mediante el procedimiento de sindicación.
La elección de este procedimiento de emisión para el primer tramo de la emisión
tiene como objeto, por una parte, mejorar la distribución entre los inversores finales al
permitir el acceso a inversores nuevos y con un perfil cualificado, tanto desde un punto
de vista geográfico como de tipología, y, por otra, posibilitar que la nueva referencia
alcance con rapidez un saldo en circulación suficientemente elevado como para
garantizar su liquidez y su pronta presencia en las plataformas internacionales de
negociación electrónica. Además, se podrá utilizar el sistema tradicional de subasta para
la emisión de nuevos tramos de esta misma referencia, como así lo autoriza el
artículo 99 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Conforme al mandato otorgado, se ha acordado entre las citadas entidades y la
Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional la estructura final del
sindicato de emisión y las características específicas de la nueva referencia, siendo
necesario disponer la emisión y hacer públicas las características de las Obligaciones del
Estado a quince años que se emiten.
En virtud de lo anterior, he resuelto:
1. Disponer la emisión del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones
del Estado a quince años denominadas en euros. La colocación de este primer tramo se
efectuará, si así lo aconsejan las condiciones de mercado, a partir del 25 de febrero
de 2025, mediante el procedimiento de sindicación, y las Obligaciones que se emitan
tendrán las características establecidas en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la
que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026 y
las que se determinan en la presente orden.
2. El Sindicato adjudicatario de la emisión se estructura en tres niveles:
a) El primer nivel está integrado por las Entidades Directoras Principales, que se
relacionan a continuación, a quienes por Orden de 21 de febrero de 2025 se ha otorgado
un mandato para que lideren y organicen la emisión mediante el procedimiento de
sindicación.
Barclays Bank Ireland PLC.
Crédit Agricole Corporate and Investment Bank.
Goldman Sachs Bank Europe SE.
HSBC Continental Europe.
Nomura Financial Products Europe GMBH.
Société Générale.
b) El segundo nivel del sindicato, es decir, el formado por los colíderes destacados,
estaría formado por un grupo de entidades reducido que, aun ocupando un lugar
destacado en la clasificación mensual que la Secretaría General realiza de la actividad
de los Creadores de Mercado, no se encuentren entre las entidades mencionadas en la
letra anterior. Dentro de este segundo nivel entrarán las siguientes entidades:
– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.
– BNP Paribas, SA.
– Citibank Europe PLC.
cve: BOE-A-2025-3867
Verificable en https://www.boe.es
–
–
–
–
–
–
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27058
los artículos 9 y 15, ambos inclusive, así como la forma y la medida en que sea de
aplicación a la colocación de estas emisiones lo previsto en el artículo 7 y cuanto resulte
preciso para llevar a término la emisión. Las funciones de las entidades seleccionadas
terminarán, prorrateo incluido en su caso, con el ingreso del importe de la emisión en la
cuenta del Tesoro en el Banco de España en la fecha fijada.
Con el respaldo legal anteriormente descrito, la Secretaría General del Tesoro y
Financiación Internacional considera recomendable emitir una nueva referencia a quince
años. Por Orden de 21 de febrero de 2025, se ha otorgado un mandato a seis entidades,
pertenecientes al grupo de Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones del Reino de
España, para que lideren y organicen la emisión del primer tramo de una nueva referencia
de Obligaciones del Estado a quince años mediante el procedimiento de sindicación.
La elección de este procedimiento de emisión para el primer tramo de la emisión
tiene como objeto, por una parte, mejorar la distribución entre los inversores finales al
permitir el acceso a inversores nuevos y con un perfil cualificado, tanto desde un punto
de vista geográfico como de tipología, y, por otra, posibilitar que la nueva referencia
alcance con rapidez un saldo en circulación suficientemente elevado como para
garantizar su liquidez y su pronta presencia en las plataformas internacionales de
negociación electrónica. Además, se podrá utilizar el sistema tradicional de subasta para
la emisión de nuevos tramos de esta misma referencia, como así lo autoriza el
artículo 99 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Conforme al mandato otorgado, se ha acordado entre las citadas entidades y la
Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional la estructura final del
sindicato de emisión y las características específicas de la nueva referencia, siendo
necesario disponer la emisión y hacer públicas las características de las Obligaciones del
Estado a quince años que se emiten.
En virtud de lo anterior, he resuelto:
1. Disponer la emisión del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones
del Estado a quince años denominadas en euros. La colocación de este primer tramo se
efectuará, si así lo aconsejan las condiciones de mercado, a partir del 25 de febrero
de 2025, mediante el procedimiento de sindicación, y las Obligaciones que se emitan
tendrán las características establecidas en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la
que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026 y
las que se determinan en la presente orden.
2. El Sindicato adjudicatario de la emisión se estructura en tres niveles:
a) El primer nivel está integrado por las Entidades Directoras Principales, que se
relacionan a continuación, a quienes por Orden de 21 de febrero de 2025 se ha otorgado
un mandato para que lideren y organicen la emisión mediante el procedimiento de
sindicación.
Barclays Bank Ireland PLC.
Crédit Agricole Corporate and Investment Bank.
Goldman Sachs Bank Europe SE.
HSBC Continental Europe.
Nomura Financial Products Europe GMBH.
Société Générale.
b) El segundo nivel del sindicato, es decir, el formado por los colíderes destacados,
estaría formado por un grupo de entidades reducido que, aun ocupando un lugar
destacado en la clasificación mensual que la Secretaría General realiza de la actividad
de los Creadores de Mercado, no se encuentren entre las entidades mencionadas en la
letra anterior. Dentro de este segundo nivel entrarán las siguientes entidades:
– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.
– BNP Paribas, SA.
– Citibank Europe PLC.
cve: BOE-A-2025-3867
Verificable en https://www.boe.es
–
–
–
–
–
–