Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-3762)
Resolución 420/38057/2025, de 17 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas académicas tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio por alumnos pertenecientes a facultades y escuelas de la Universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Martes 25 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 26201

La resolución del convenio por esta causa no podrá conllevar ningún tipo de
indemnización.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio, en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha señalados en el
encabezamiento.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del
Aire y del Espacio, Francisco Braco Carbó.–Por la Universidad de Sevilla, el Rector
Magnífico de la Universidad de Sevilla, Miguel Ángel Castro Arroyo.
ANEXO I
Programa de cooperación
Primero.

Prácticas.

El número de alumnos de la US que realizarán las prácticas en las UCO,s, será fijado
anualmente por el MINISDEF/EA y se hará llegar a la US.
La duración de las prácticas será de entre uno (1) y tres (3) meses
aproximadamente, aunque este tiempo pueda ajustarse según criterio de la comisión
mixta de seguimiento, en función de la entidad del trabajo a desarrollar por los alumnos.
La incorporación de los alumnos en prácticas en las UCO,s no ocasionará gastos
para las partes.
Las enseñanzas, objeto de las prácticas, se determinarán por la comisión mixta de
seguimiento y en función de los intereses de la UCO donde se realicen las prácticas.
Segundo.

Alojamiento.

El alojamiento y manutención de los alumnos correrá a cuenta de éstos. El
MINISDEF/EA, dentro de las limitaciones impuestas por la operatividad de las UCO,
podrá conceder alojamiento dentro de las instalaciones de las UCO a los alumnos,
siempre que la disponibilidad de alojamiento y las circunstancias así lo permitan. La
solicitud de alojamiento se realizará a través de la comisión mixta de seguimiento.
Tercero. Permisos.
La concesión de permisos estará condicionada a lo establecido por la US para la
concesión de permisos y vacaciones durante la realización de prácticas académicas.
ANEXO II
Normas generales de aplicación a los alumnos en prácticas
Aspecto social.

Mientras dure el periodo de prácticas, los alumnos gozarán del acceso a las
instalaciones donde desarrollan su actividad práctica, pabellones y zonas recreativas de
las UCO,s, respetando en todo momento las áreas prohibidas determinadas en la
misma. Asimismo, se comprometerán a respetar y cumplir con las normas específicas
que rigen en dichas UCO.
Los alumnos podrán utilizar sus vehículos particulares para los desplazamientos en
el interior de la instalación militar. A tal efecto, estarán sujetos a las normas en vigor
sobre autorizaciones de vehículos y, específicamente, a las normas de circulación de la
UCO.
Con autorización expresa del jefe de la UCO, podrán utilizar los vehículos de uso
general de la UCO (si los hubiera), empleados para el transporte del personal militar o
civil autorizado, a la UCO o desde ella, conforme a los itinerarios y horarios establecidos

cve: BOE-A-2025-3762
Verificable en https://www.boe.es

Primero.