Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-3758)
Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Martes 25 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 26147

Transcurrido el plazo sin haber sido resuelta se entenderá que la reclamación
presentada ha sido desestimada.
11.

Documentación a presentar por las personas candidatas propuestas

Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán presentar,
en los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la propuesta definitiva, en el
Servicio de Personal de la Universidad de Jaén o por cualesquiera de los demás
procedimientos señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes
documentos:
a) Documentación acreditativa de cumplir los requisitos a los que alude el
apartado 2.2. de las bases de esta convocatoria.
b) Copia del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la
nacionalidad certificado por la autoridad competente del país de origen.
c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas.
e) En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su estado el acceso a la Función Pública, debidamente
certificado por la autoridad competente del Estado de procedencia.
f) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
12.

Nombramientos

13.

Norma final

Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones de Selección resolverán las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2025-3758
Verificable en https://www.boe.es

Los nombramientos propuestos por la Comisión de Selección serán efectuados por el
Rector de la Universidad de Jaén. En caso de que el candidato propuesto no presentase
oportunamente la documentación requerida, el Rector podrá proceder al nombramiento
del siguiente concursante en el orden de valoración formulado. Los nombramientos
serán comunicados al correspondiente registro a efectos de otorgamiento del número de
Registro de Personal e inscripción en los cuerpos respectivos, publicados en el «Boletín
Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y comunicados al
Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona candidata
propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición
de funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya
dicha condición– con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener plaza en
esta u otra universidad.