Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-3767)
Resolución de 16 de febrero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para la realización de prácticas externas, trabajos de fin de grado y trabajos de fin de máster en los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 26277

EXPONEN
I. Que conforme al artículo 15 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de
Cultura la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción,
protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las
artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y
audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de
la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en
coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de
las relaciones internacionales en materia de cultura.
II. Que de acuerdo con el artículo 5 apartado s) del Real Decreto 323/2024, de 26
de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura,
y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le corresponde a la
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes la gestión y promoción de los
museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Bellas Artes y el ejercicio de las actuaciones inherentes a la titularidad de los museos
estatales gestionados por las Comunidades Autónomas. Asimismo, conforme al
artículo 5 u) le corresponde a la citada Dirección General, la cooperación con otras
Administraciones y entidades públicas y privadas en materia de museos.
III. Que de acuerdo a lo señalado anteriormente la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes gestiona los museos de titularidad estatal que se relacionan en el
anexo 0.
IV. Que la Universidad de Cádiz (en adelante la UCA), tiene entre sus funciones: La
creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura. La
preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de
conocimientos y métodos científicos y para la creación artística. La difusión, la
valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
la vida, y del desarrollo económico. La difusión del conocimiento y la cultura a través de
la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.
V. Que la propia Universidad y el Ministerio de Cultura, dentro de los campos de
actividad que le son propios, desea participar en la formación del estudiantado
universitario con objeto de contribuir a su formación integral, facilitar el conocimiento de
la metodología de trabajo para un mejor desempeño de su trabajo profesional, favorecer
el desarrollo de competencias en este ámbito, así como su emprendimiento y su
empleabilidad.
VI. Lo anteriormente expuesto se desarrolla, con carácter general, por lo
establecido en el marco en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se
establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad, el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre por el que
se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, el Decreto 281/2003, de 7 octubre,
del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por el que se aprueban los Estatutos
de la UCA; en lo que se refiera al programa de prácticas externas, específicamente por
lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en las Directrices de
Prácticas Externas de la UCA, UCA/CG08/2012; en relación con los TFG/TFM, por lo
establecido en las Directrices del Trabajo Fin de Grado, UCA/CG07/2014, de 17 de junio
y la Normativa de Enseñanzas Oficiales de Posgrado de la UCA, UCA/CG12/2023, de 29
de septiembre, del Consejo de Gobierno de la UCA, y particularmente por lo dispuesto
en la memoria del título y guía docente que corresponda.
De acuerdo con lo expresado ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
con arreglo a las siguientes

cve: BOE-A-2025-3767
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 48