Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2025-3596)
Resolución 4B0/38060/2025, de 19 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publican los conciertos suscritos con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2025 y 2026.
132 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Sábado 22 de febrero de 2025
7.2
7.2.1
7.2.2
7.2.3
7.2.4
7.2.5
7.2.6
7.2.7
7.3
7.4
7.4.1
7.4.2
7.4.3
7.4.4
7.4.5
7.4.6
7.4.7

Sec. III. Pág. 24697

Régimen económico del Concierto.
Efectos económicos de las altas y bajas de beneficiarios.
Condiciones de pago.
Régimen de pagos.
Descuentos y deducciones.
Reclamaciones por diferencias.
Impuestos.
Subrogación en derechos de cobro y acciones.
Precio del Concierto. Cuotas.
Incentivos asociados a la calidad del servicio.
Límites y objetivos.
Asistencia a personas con necesidades especiales de atención.
Atención por servicios de urgencia.
Incentivo por objetivos en prestación farmacéutica.
Mejora de la calidad en la prestación de cuidados paliativos.
Incentivo anual por la amplitud de la oferta de servicios hospitalarios.
Incentivo anual por la utilización de la receta electrónica del mutualista.

Anexo 1.
Anexo 2.
Anexo 3.
Anexo 4.
Anexo 5.
Anexo 6.
Anexo 7.
Anexo 8.

Medios de asistencia en zonas rurales.
Servicios que precisan autorización previa de la Entidad.
Patologías con riesgo vital.
Sistema de Información Asistencial. Registro de Actividad-Coste.
Registro de Medios Sanitarios.
Modalidad complementaria de atención primaria y de urgencias.
Asistencia Sanitaria Transfronteriza.
Relación de municipios de Nivel I y II de Atención Especializada.
CAPÍTULO 1
Objeto del Concierto y alcance de la acción protectora

Objeto del Concierto.

1.1.1 De conformidad con lo establecido en el artículo 14 el texto refundido de la
Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2000, y en el artículo 61 de su Reglamento General, aprobado por Real
decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, el objeto del Concierto es asegurar el acceso a
las prestaciones de asistencia sanitaria incluidas en la Cartera Común de Servicios, del
Sistema Nacional de Salud, a titulares y beneficiarios del ISFAS que opten por recibirlas
a través de la Entidad, en todo el territorio nacional, con la salvedad recogida en la
cláusula 4.5.
1.1.2 La asistencia sanitaria se prestará conforme a la Cartera de Servicios
establecida en el presente Concierto con la referencia, en cuanto a su contenido, de la
Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo
establecido en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema
Nacional de Salud y en sus normas de desarrollo, en especial el Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización,
considerando lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de
la eutanasia.
1.1.3 Para hacer efectiva la prestación de la asistencia sanitaria integral y de
calidad, conforme a la cartera de servicios, la Entidad firmante del Concierto (en
adelante, Entidad) pondrá a disposición de los titulares y beneficiarios adscritos a ella (en

cve: BOE-A-2025-3596
Verificable en https://www.boe.es

1.1