Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2025-3596)
Resolución 4B0/38060/2025, de 19 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publican los conciertos suscritos con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2025 y 2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24707
2.3.5 Procedimientos diagnósticos y terapéuticos. Los beneficiarios tendrán acceso
a técnicas y procedimientos diagnósticos o terapéuticos incluidos en la cartera de
servicios establecida en este Concierto, siempre que se establezca la correspondiente
indicación por un facultativo del Catálogo de Servicios, al margen de que se disponga o
no de la técnica o procedimiento en el ámbito geográfico en el que residan.
Sin perjuicio de la previsión recogida en la cláusula 2.1.2, se atenderá la cobertura de
los siguientes procedimientos diagnósticos y terapéuticos, siempre que se establezca su
indicación por el facultativo de los servicios asignados responsable de la atención del
paciente, teniendo en cuenta las salvedades previstas en las cláusulas 4.2. y 4.3.
a) Diagnóstico prenatal en grupos de riesgo.
b) Diagnóstico por imagen:
1. Radiología simple: Tórax, Abdomen, Radiología ósea, Densitometría.
2. Mama: Mamografía, Intervencionismo de mama.
3. Radiología convencional con contraste.
4. Ultrasonidos: Ecografía, Ultrasonidos doppler.
5. Tomografía computarizada (TC).
6. Resonancia Magnética (RM).
c) Radiología intervencionista diagnóstica y terapéutica.
d) Hemodinámica diagnóstica y terapéutica.
e) Medicina nuclear diagnóstica y terapéutica. Incluida la tomografía por emisión de
positrones (PET), y combinada con el TAC (PET-TAC), teniendo en cuenta las
indicaciones de los radiofármacos correspondientes, incluidos en la prestación
farmacéutica.
f) Neurofisiología.
g) Endoscopias. La capsuloendoscopia se incluye sólo en la hemorragia digestiva
de origen oscuro que persiste o recurre después de un estudio inicial de endoscopia
negativo (colonoscopia y/o endoscopia alta) y previsiblemente localizada en el intestino
delgado.
h) Pruebas funcionales.
i) Laboratorio:
Anatomía patológica.
Bioquímica.
Genética.
Hematología.
Inmunología.
Microbiología y parasitología.
j) Biopsias y punciones, incluida la biopsia fusión de imágenes, en las condiciones
establecidas en la cláusula 3.2.6.2.
k) Radioterapia, incluyendo la protonterapia exclusivamente en las indicaciones y
con las pautas establecidas por el Ministerio de Sanidad, sobre las que se disponga de
mayor evidencia. En aquellos casos que no fueran suficientemente claros, por parte del
ISFAS se podrá recurrir al asesoramiento de un Comité de Expertos (cláusula 2.12).
l) Radiocirugía.
m) Litotricia renal.
n) Diálisis.
o) Trasplantes de órganos, tejidos y células de origen humano.
p) Cuidados intensivos, incluyendo los neonatales.
q) Hemoterapia.
r) Planificación familiar, que incluye:
1. Consejo genético en grupos de riesgo.
2. Información, indicación y seguimiento de métodos anticonceptivos, incluidos los
dispositivos intrauterinos.
cve: BOE-A-2025-3596
Verificable en https://www.boe.es
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Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24707
2.3.5 Procedimientos diagnósticos y terapéuticos. Los beneficiarios tendrán acceso
a técnicas y procedimientos diagnósticos o terapéuticos incluidos en la cartera de
servicios establecida en este Concierto, siempre que se establezca la correspondiente
indicación por un facultativo del Catálogo de Servicios, al margen de que se disponga o
no de la técnica o procedimiento en el ámbito geográfico en el que residan.
Sin perjuicio de la previsión recogida en la cláusula 2.1.2, se atenderá la cobertura de
los siguientes procedimientos diagnósticos y terapéuticos, siempre que se establezca su
indicación por el facultativo de los servicios asignados responsable de la atención del
paciente, teniendo en cuenta las salvedades previstas en las cláusulas 4.2. y 4.3.
a) Diagnóstico prenatal en grupos de riesgo.
b) Diagnóstico por imagen:
1. Radiología simple: Tórax, Abdomen, Radiología ósea, Densitometría.
2. Mama: Mamografía, Intervencionismo de mama.
3. Radiología convencional con contraste.
4. Ultrasonidos: Ecografía, Ultrasonidos doppler.
5. Tomografía computarizada (TC).
6. Resonancia Magnética (RM).
c) Radiología intervencionista diagnóstica y terapéutica.
d) Hemodinámica diagnóstica y terapéutica.
e) Medicina nuclear diagnóstica y terapéutica. Incluida la tomografía por emisión de
positrones (PET), y combinada con el TAC (PET-TAC), teniendo en cuenta las
indicaciones de los radiofármacos correspondientes, incluidos en la prestación
farmacéutica.
f) Neurofisiología.
g) Endoscopias. La capsuloendoscopia se incluye sólo en la hemorragia digestiva
de origen oscuro que persiste o recurre después de un estudio inicial de endoscopia
negativo (colonoscopia y/o endoscopia alta) y previsiblemente localizada en el intestino
delgado.
h) Pruebas funcionales.
i) Laboratorio:
Anatomía patológica.
Bioquímica.
Genética.
Hematología.
Inmunología.
Microbiología y parasitología.
j) Biopsias y punciones, incluida la biopsia fusión de imágenes, en las condiciones
establecidas en la cláusula 3.2.6.2.
k) Radioterapia, incluyendo la protonterapia exclusivamente en las indicaciones y
con las pautas establecidas por el Ministerio de Sanidad, sobre las que se disponga de
mayor evidencia. En aquellos casos que no fueran suficientemente claros, por parte del
ISFAS se podrá recurrir al asesoramiento de un Comité de Expertos (cláusula 2.12).
l) Radiocirugía.
m) Litotricia renal.
n) Diálisis.
o) Trasplantes de órganos, tejidos y células de origen humano.
p) Cuidados intensivos, incluyendo los neonatales.
q) Hemoterapia.
r) Planificación familiar, que incluye:
1. Consejo genético en grupos de riesgo.
2. Información, indicación y seguimiento de métodos anticonceptivos, incluidos los
dispositivos intrauterinos.
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Verificable en https://www.boe.es
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