Comisión Nacional Del Mercado de Valores. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-3618)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pompeu Fabra, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares del alumnado de titulaciones oficiales de Grado y Máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24979
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio y a tal efecto
MANIFIESTAN
Que uno de los objetivos de la Universidad consiste en acercar la formación
universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, y ello mediante el
establecimiento de relaciones con Instituciones/Entidades Colaboradoras, que permitan
completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos
adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior
incorporación al mundo laboral.
Que la Universidad imparte diferentes titulaciones, en el ámbito de sus competencias
y está interesada en establecer un Programa de Colaboración con CNMV para la
realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, trabajos o
proyectos (en adelante prácticas) por parte de su estudiantado.
Que CNMV tiene entre sus fines el fomento de la educación financiera, así como
proyectar sus conocimientos y capacidades en las materias que le son propias a la
formación universitaria, a través de una colaboración permanente.
Que CNMV está interesada en colaborar con la Universidad en la realización de
prácticas en los sectores que resulten de interés para ambas partes.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de programas de prácticas para estudiantes universitarios, que les
permitan aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
académica, favoreciendo la adquisición de competencias que preparen para el ejercicio
de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo.
La normativa aplicable para ello comprende la siguiente legislación:
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).
El Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias.
El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, que establece en su art 8.f) la posibilidad de realización de
prácticas, curriculares o extra-curriculares, en entidades externas, según la modalidad
prevista y garantizando que sirvan a la finalidad formativa de las mismas.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas universitarias, y establece en su art 8 la posibilidad, que los estudiantes
matriculados en enseñanzas impartidas por la Universidad realicen prácticas académicas
externas, que podrán ser curriculares o extracurriculares (art 4 del citado RD).
La ley 40/2015, de 1 octubre, de régimen jurídico del sector público, que en su
capítulo VI, regula los convenios adoptados por las Administraciones Públicas, los
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las
Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento
de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Asimismo resultará de aplicación:
El acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2012, modificado por acuerdos
del Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2012, de 20 de marzo de 2013, de 1 de julio
de 2015, de 11 de abril de 2018, de 9 de diciembre de 2020 y de 10 de julio del 2024
referente a la normativa reguladora de las prácticas externas para los estudiantes de la
UPF.
Que en virtud de lo anterior, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio para implementar su colaboración en la realización de la formación
práctica de los alumnos, con arreglo a las siguientes,
cve: BOE-A-2025-3618
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24979
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio y a tal efecto
MANIFIESTAN
Que uno de los objetivos de la Universidad consiste en acercar la formación
universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, y ello mediante el
establecimiento de relaciones con Instituciones/Entidades Colaboradoras, que permitan
completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos
adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior
incorporación al mundo laboral.
Que la Universidad imparte diferentes titulaciones, en el ámbito de sus competencias
y está interesada en establecer un Programa de Colaboración con CNMV para la
realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, trabajos o
proyectos (en adelante prácticas) por parte de su estudiantado.
Que CNMV tiene entre sus fines el fomento de la educación financiera, así como
proyectar sus conocimientos y capacidades en las materias que le son propias a la
formación universitaria, a través de una colaboración permanente.
Que CNMV está interesada en colaborar con la Universidad en la realización de
prácticas en los sectores que resulten de interés para ambas partes.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de programas de prácticas para estudiantes universitarios, que les
permitan aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
académica, favoreciendo la adquisición de competencias que preparen para el ejercicio
de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo.
La normativa aplicable para ello comprende la siguiente legislación:
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).
El Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias.
El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, que establece en su art 8.f) la posibilidad de realización de
prácticas, curriculares o extra-curriculares, en entidades externas, según la modalidad
prevista y garantizando que sirvan a la finalidad formativa de las mismas.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas universitarias, y establece en su art 8 la posibilidad, que los estudiantes
matriculados en enseñanzas impartidas por la Universidad realicen prácticas académicas
externas, que podrán ser curriculares o extracurriculares (art 4 del citado RD).
La ley 40/2015, de 1 octubre, de régimen jurídico del sector público, que en su
capítulo VI, regula los convenios adoptados por las Administraciones Públicas, los
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las
Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento
de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Asimismo resultará de aplicación:
El acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2012, modificado por acuerdos
del Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2012, de 20 de marzo de 2013, de 1 de julio
de 2015, de 11 de abril de 2018, de 9 de diciembre de 2020 y de 10 de julio del 2024
referente a la normativa reguladora de las prácticas externas para los estudiantes de la
UPF.
Que en virtud de lo anterior, las entidades firmantes han decidido suscribir el
presente convenio para implementar su colaboración en la realización de la formación
práctica de los alumnos, con arreglo a las siguientes,
cve: BOE-A-2025-3618
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 46