Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-3597)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se adscribe una unidad de la Policía Nacional a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Sábado 22 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 24824

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
3597

Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, por
el que se adscribe una unidad de la Policía Nacional a la Comunidad
Autónoma de Andalucía.

Habiéndose suscrito el 13 de febrero de 2025 convenio entre el Ministerio del Interior
y la Comunidad Autónoma de Andalucía por el que se adscribe una unidad de la Policía
Nacional a la Comunidad Autónoma de Andalucía, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de febrero de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Andalucía
por el que se adscribe una unidad de la Policía Nacional a la Comunidad Autónoma
de Andalucía
Madrid, a 13 de febrero de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, nombrado
por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo de lo previsto en los
artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
De otra, don Antonio Sanz Cabello, Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente 11/2022, de 25 de julio, por el que se designan los
Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, que actúa en su nombre y
representación y en uso de las facultades conferidas en el artículo 26.2.i) de Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
EXPONEN

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma para Andalucía prevé en su
artículo 65.2 la creación de un Cuerpo de Policía Andaluza.
Segundo.
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su
artículo 37.1, dispone que las Comunidades Autónomas, en cuyos Estatutos esté
previsto, podrán crear Cuerpos de Policía para el ejercicio de las funciones de vigilancia
y protección a que se refiere el artículo 148.1.22 de la Constitución Española.

cve: BOE-A-2025-3597
Verificable en https://www.boe.es

Primero.