Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3539)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Philips Ibérica, SAU.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Viernes 21 de febrero de 2025
Artículo 40.

Sec. III. Pág. 24493

Incapacidad Temporal.

En caso de baja derivada de enfermedad o accidente, comunes o profesionales, la
Empresa complementará las prestaciones de la Seguridad Social hasta el 100 %
correspondientes al salario Convenio más plus de antigüedad y complementario mientras
dure la situación de incapacidad temporal y siempre que el empleado se encuentre de
alta en la Empresa.
Artículo 41.

Premios por Años de Servicio en La Empresa.

Premio 22 años de servicio: Obtendrán este premio todos los trabajadores que lleven
prestando sus servicios en la Empresa veintidós años. Consistirá en una gratificación
bruta equivalente a la doceava parte del sueldo bruto anual respectivo y una tarjeta
regalo por un valor de 1065 euros.
Premio 35 años de servicio: Obtendrán este premio todos los trabajadores que lleven
prestando sus servicios en la Empresa treinta y cinco años de antigüedad. Consistirá en
una gratificación bruta equivalente a la doceava parte del sueldo bruto anual respectivo y
una tarjeta regalo por un valor de 3.000 euros.
La imputación fiscal de su valor como pago en especie se repercutirá mensualmente
al afectado a lo largo del ejercicio fiscal correspondiente.
Se entiende por sueldo bruto anual la suma de salario convenio, plus
complementario y plus de antigüedad.
La empresa colaborará con un importe máximo equivalente al IPREM mensual
teniendo como referencia unos 30 euros por comensal (IPREM mensual 2024 = 600
euros) para la celebración con sus compañeros para el premio de 22 años de servicio y
para el premio de 35 años de servicio.
Artículo 42. Premio de Jubilación.
En el momento de la jubilación se entregará un premio consistente en dos
mensualidades brutas (dos catorceavas partes del bruto anual).
Se entiende por sueldo bruto anual la suma de salario convenio, plus
complementario y plus de antigüedad.
Artículo 43. Ayuda por Defunción.
En caso de fallecimiento de un empleado cuyo contrato laboral esté vigente en el
momento del hecho causante y respecto al que subsista obligación de cotización, por
tanto, que no haya sido terminado el mismo por cualesquiera razones, se entregará a
sus derechohabientes una cantidad igual al importe de tres doceavas partes del salario
bruto anual.
Se entiende por sueldo bruto anual la suma de salario convenio, plus
complementario y plus de antigüedad.

La Empresa tiene establecida la venta a su personal, en condiciones económicas
especiales, de los artículos de su marca.
Las condiciones de descuento y otras aplicables a estas ventas y sus posibles
modificaciones posteriores, según los tipos de artículos, coyuntura comercial, etc., son
establecidas por la Dirección, comunicadas al Comité de Empresa y dadas a conocer al
personal a los efectos oportunos.

cve: BOE-A-2025-3539
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 44. Venta de Artículos a Empleados.