Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-3409)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de un curso de Incapacidad Temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23767
2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones:
Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la que se
indicará el importe total a satisfacer por los alumnos matriculados, la expedición del
certificado de los alumnos que hayan superado el curso y su envío a estos, así como el
importe derivado del canon a satisfacer como consecuencia de las plazas no
matriculadas de las inicialmente asignadas, si hubiera lugar a ello.
La Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la
Fundación Marqués de Valdecilla, procederá a efectuar el pago de la factura recibida en
el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la factura. De no
efectuar el pago en el plazo señalado anteriormente, la UAH se dirigirá nuevamente a la
Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria, reclamando el pago de la
factura en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de recepción de esta
reclamación.
En caso de no efectuarse el pago en los plazos señalados, la UAH procederá:
– A no emitir un informe final para el INSS sobre el rendimiento de los alumnos
participantes en dicho curso en modalidad virtual correspondientes a la Comunidad
Autónoma o INGESA.
– A no posibilitar la participación de la Comunidad Autónoma o INGESA, en la
siguiente edición de la actividad formativa.
En consecuencia, la participación de los médicos asistenciales de cada una de las
Comunidades Autónomas e INGESA en las ediciones sucesivas de la actividad
formativa, estará condicionada al abono de la factura correspondiente a la edición previa
del curso por parte de la Comunidad Autónoma o INGESA, conforme al procedimiento y
plazos fijados en este apartado.
El importe de las facturas que deberán pagar las Comunidades Autónomas e
INGESA será ingresado en la cuenta corriente que la UAH indicará en las facturas.
Sexta. Duración y ediciones de la actividad formativa y asignación de alumnos.
La duración del curso será de 8 semanas y se prevé la celebración de 8 ediciones
del curso que se desarrollarán a lo largo de los ejercicios 2025-2028.
El número de asistentes a la actividad formativa, que será de un máximo de 766
alumnos por edición, se distribuirá proporcionalmente en función del número de médicos
de atención primaria de las Consejerías de Sanidad o Salud de las Comunidades
Autónomas e INGESA que participen en esta acción formativa. De acuerdo con lo
anterior, a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria le
corresponde un número inicial de asistentes de 10 personas por cada edición del curso.
Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
Al objeto de efectuar el seguimiento de las actuaciones previstas en el presente
convenio, se constituirá una Comisión mixta integrada por tres miembros que
representarán a la Universidad de Alcalá, tres miembros del Instituto Nacional de la
Seguridad Social y tres miembros de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A través de esta comisión se resolverá los problemas que pudieran plantearse
respecto a la interpretación y cumplimiento del contenido del presente convenio.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, vigilancia y control se regirá por lo
establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-3409
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23767
2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones:
Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la que se
indicará el importe total a satisfacer por los alumnos matriculados, la expedición del
certificado de los alumnos que hayan superado el curso y su envío a estos, así como el
importe derivado del canon a satisfacer como consecuencia de las plazas no
matriculadas de las inicialmente asignadas, si hubiera lugar a ello.
La Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la
Fundación Marqués de Valdecilla, procederá a efectuar el pago de la factura recibida en
el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la factura. De no
efectuar el pago en el plazo señalado anteriormente, la UAH se dirigirá nuevamente a la
Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria, reclamando el pago de la
factura en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de recepción de esta
reclamación.
En caso de no efectuarse el pago en los plazos señalados, la UAH procederá:
– A no emitir un informe final para el INSS sobre el rendimiento de los alumnos
participantes en dicho curso en modalidad virtual correspondientes a la Comunidad
Autónoma o INGESA.
– A no posibilitar la participación de la Comunidad Autónoma o INGESA, en la
siguiente edición de la actividad formativa.
En consecuencia, la participación de los médicos asistenciales de cada una de las
Comunidades Autónomas e INGESA en las ediciones sucesivas de la actividad
formativa, estará condicionada al abono de la factura correspondiente a la edición previa
del curso por parte de la Comunidad Autónoma o INGESA, conforme al procedimiento y
plazos fijados en este apartado.
El importe de las facturas que deberán pagar las Comunidades Autónomas e
INGESA será ingresado en la cuenta corriente que la UAH indicará en las facturas.
Sexta. Duración y ediciones de la actividad formativa y asignación de alumnos.
La duración del curso será de 8 semanas y se prevé la celebración de 8 ediciones
del curso que se desarrollarán a lo largo de los ejercicios 2025-2028.
El número de asistentes a la actividad formativa, que será de un máximo de 766
alumnos por edición, se distribuirá proporcionalmente en función del número de médicos
de atención primaria de las Consejerías de Sanidad o Salud de las Comunidades
Autónomas e INGESA que participen en esta acción formativa. De acuerdo con lo
anterior, a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de Cantabria le
corresponde un número inicial de asistentes de 10 personas por cada edición del curso.
Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
Al objeto de efectuar el seguimiento de las actuaciones previstas en el presente
convenio, se constituirá una Comisión mixta integrada por tres miembros que
representarán a la Universidad de Alcalá, tres miembros del Instituto Nacional de la
Seguridad Social y tres miembros de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A través de esta comisión se resolverá los problemas que pudieran plantearse
respecto a la interpretación y cumplimiento del contenido del presente convenio.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, vigilancia y control se regirá por lo
establecido en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-3409
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.