Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-3409)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de un curso de Incapacidad Temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23764
Octavo.
La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados
del presente convenio se ajustan a lo establecido en la legislación presupuestaria.
Noveno.
El presente convenio es financieramente sostenible, teniendo la Comunidad
Autónoma de Cantabria como firmante la capacidad para financiar las obligaciones
asumidas en el mismo.
Décimo.
Es voluntad de las partes firmantes, en virtud de lo manifestado y de conformidad
con el marco normativo vigente, suscribir el presente convenio para participar en la
realización de un curso de incapacidad temporal en la modalidad on-line dirigido
mayoritariamente a médicos de atención primaria.
CLÁUSULAS
Primera.
Denominación de la actividad y objeto del convenio.
El presente convenio tiene por finalidad perfeccionar la formación en el control
médico de la prestación de incapacidad temporal mediante la mejora de la formación de
los médicos de atención primaria de manera prioritaria, Médicos Internos Residentes
(MIR) de Medicina Familiar y Comunitaria, así como otros médicos especialistas,
incluidos MIR de especialidades distintas a la Medicina Familiar y Comunitaria en menor
medida, a través del desarrollo de la siguiente actividad formativa virtual en la modalidad
on-line:
– Certificado de formación permanente en Incapacidad Temporal para médicos
asistenciales.
Segunda.
Contenidos científico-técnicos.
– Marco legal de la Incapacidad Temporal. Conceptos básicos.
– Gestión de la Incapacidad Temporal en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
– Gestión de la Incapacidad Temporal en el Sistema Público de Salud.
– Gestión de la Incapacidad Temporal en las Mutuas Colaboradoras con la
Seguridad Social.
– Actividad laboral e Incapacidad Temporal: Codificación ocupaciones (CNO-11).
Guía de Valoración profesional del INSS. Tiempos óptimos de incapacidad temporal.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en procesos traumatológicos.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
reumatológicas.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
cardiovasculares.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
respiratorias.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en trastornos mentales.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
neurológicas.
cve: BOE-A-2025-3409
Verificable en https://www.boe.es
El curso será ofertado por la Universidad de Alcalá como estudio de Formación
Permanente con una extensión de 6 ECTS y estará integrado por las siguientes
unidades formativas que se incluyen en la asignatura «Incapacidad Temporal para
médicos asistenciales»:
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23764
Octavo.
La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados
del presente convenio se ajustan a lo establecido en la legislación presupuestaria.
Noveno.
El presente convenio es financieramente sostenible, teniendo la Comunidad
Autónoma de Cantabria como firmante la capacidad para financiar las obligaciones
asumidas en el mismo.
Décimo.
Es voluntad de las partes firmantes, en virtud de lo manifestado y de conformidad
con el marco normativo vigente, suscribir el presente convenio para participar en la
realización de un curso de incapacidad temporal en la modalidad on-line dirigido
mayoritariamente a médicos de atención primaria.
CLÁUSULAS
Primera.
Denominación de la actividad y objeto del convenio.
El presente convenio tiene por finalidad perfeccionar la formación en el control
médico de la prestación de incapacidad temporal mediante la mejora de la formación de
los médicos de atención primaria de manera prioritaria, Médicos Internos Residentes
(MIR) de Medicina Familiar y Comunitaria, así como otros médicos especialistas,
incluidos MIR de especialidades distintas a la Medicina Familiar y Comunitaria en menor
medida, a través del desarrollo de la siguiente actividad formativa virtual en la modalidad
on-line:
– Certificado de formación permanente en Incapacidad Temporal para médicos
asistenciales.
Segunda.
Contenidos científico-técnicos.
– Marco legal de la Incapacidad Temporal. Conceptos básicos.
– Gestión de la Incapacidad Temporal en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
– Gestión de la Incapacidad Temporal en el Sistema Público de Salud.
– Gestión de la Incapacidad Temporal en las Mutuas Colaboradoras con la
Seguridad Social.
– Actividad laboral e Incapacidad Temporal: Codificación ocupaciones (CNO-11).
Guía de Valoración profesional del INSS. Tiempos óptimos de incapacidad temporal.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en procesos traumatológicos.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
reumatológicas.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
cardiovasculares.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
respiratorias.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en trastornos mentales.
– Valoración clínico laboral de la Incapacidad Temporal en enfermedades
neurológicas.
cve: BOE-A-2025-3409
Verificable en https://www.boe.es
El curso será ofertado por la Universidad de Alcalá como estudio de Formación
Permanente con una extensión de 6 ECTS y estará integrado por las siguientes
unidades formativas que se incluyen en la asignatura «Incapacidad Temporal para
médicos asistenciales»: