Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-3392)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la utilización de la aplicación informática Serena.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23667
Dichos contenidos deberán ser coherentes con el Real Decreto 1483/2012, de 29 de
octubre, sin que en ningún caso puedan contravenir su aplicación.
Quinta. Asignación de perfiles de acceso.
1. El acceso a la base de datos general se realizará según el perfil informático
correspondiente al usuario.
2. Los perfiles informáticos de acceso a la base de datos general serán los
siguientes:
a) Perfil de autoridad laboral que utilice la aplicación como soporte informático de
los procedimientos de su competencia. La aplicación permitirá la realización de todos los
trámites previstos en el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, para los
procedimientos iniciados ante la autoridad laboral de la Comunidad de las Illes Balears,
así como el acceso a todos los datos de los procedimientos tramitados por dicha
comunidad autónoma. Permitirá, asimismo, la explotación informática de los datos, de
acuerdo con las posibilidades de la aplicación.
b) Perfil de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Permitirá el acceso a todos
los datos de los procedimientos, así como la remisión del informe previsto en el Real
Decreto 1483/2012.
c) Perfil de Tesorería General de la Seguridad Social. Permitirá la consulta de los
expedientes para los tramites de su competencia.
d) Perfil de Servicio Público de Empleo Estatal. Permitirá el acceso a los
expedientes para los trámites de su competencia.
e) Perfil de usuario de empresa. Permitirá la presentación de los expedientes
previstos en el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, así como la realización de los
restantes trámites relativos a la propia empresa.
f) Perfil de representante de los trabajadores. Permitirá el acceso a todos los datos
del expediente, así como la realización de todos los trámites relativos a la representación
de los trabajadores.
3. Los perfiles a), b) c) y d), además de certificado digital, requieren estar
registrados como usuarios del sistema.
4. A efectos de lo previsto en esta cláusula, serán válidos los certificados
reconocidos por la plataforma @firma del Ministerio para la Transformación Digital y de
Función Pública.
5. La Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
del Ministerio de Trabajo y Economía Social mantendrá dado de alta como usuario
administrador de la base de datos general a la persona designada por la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde al usuario administrador gestionar los trámites relacionados con los
usuarios de la aplicación ubicados en su ámbito de actuación.
Sexta. Asistencia a los usuarios de la aplicación.
Con el fin de facilitar el funcionamiento de la aplicación SERENA, el Ministerio de
Trabajo y Economía Social pondrá a disposición de los usuarios de la aplicación un
sistema de atención telefónica y mediante correo electrónico destinado a solucionar
problemas derivados de la utilización de la aplicación.
Séptima. Protección de datos.
La gestión de los datos obrantes en cada registro se llevará a cabo de acuerdo con lo
previsto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
cve: BOE-A-2025-3392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 23667
Dichos contenidos deberán ser coherentes con el Real Decreto 1483/2012, de 29 de
octubre, sin que en ningún caso puedan contravenir su aplicación.
Quinta. Asignación de perfiles de acceso.
1. El acceso a la base de datos general se realizará según el perfil informático
correspondiente al usuario.
2. Los perfiles informáticos de acceso a la base de datos general serán los
siguientes:
a) Perfil de autoridad laboral que utilice la aplicación como soporte informático de
los procedimientos de su competencia. La aplicación permitirá la realización de todos los
trámites previstos en el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, para los
procedimientos iniciados ante la autoridad laboral de la Comunidad de las Illes Balears,
así como el acceso a todos los datos de los procedimientos tramitados por dicha
comunidad autónoma. Permitirá, asimismo, la explotación informática de los datos, de
acuerdo con las posibilidades de la aplicación.
b) Perfil de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Permitirá el acceso a todos
los datos de los procedimientos, así como la remisión del informe previsto en el Real
Decreto 1483/2012.
c) Perfil de Tesorería General de la Seguridad Social. Permitirá la consulta de los
expedientes para los tramites de su competencia.
d) Perfil de Servicio Público de Empleo Estatal. Permitirá el acceso a los
expedientes para los trámites de su competencia.
e) Perfil de usuario de empresa. Permitirá la presentación de los expedientes
previstos en el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, así como la realización de los
restantes trámites relativos a la propia empresa.
f) Perfil de representante de los trabajadores. Permitirá el acceso a todos los datos
del expediente, así como la realización de todos los trámites relativos a la representación
de los trabajadores.
3. Los perfiles a), b) c) y d), además de certificado digital, requieren estar
registrados como usuarios del sistema.
4. A efectos de lo previsto en esta cláusula, serán válidos los certificados
reconocidos por la plataforma @firma del Ministerio para la Transformación Digital y de
Función Pública.
5. La Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
del Ministerio de Trabajo y Economía Social mantendrá dado de alta como usuario
administrador de la base de datos general a la persona designada por la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde al usuario administrador gestionar los trámites relacionados con los
usuarios de la aplicación ubicados en su ámbito de actuación.
Sexta. Asistencia a los usuarios de la aplicación.
Con el fin de facilitar el funcionamiento de la aplicación SERENA, el Ministerio de
Trabajo y Economía Social pondrá a disposición de los usuarios de la aplicación un
sistema de atención telefónica y mediante correo electrónico destinado a solucionar
problemas derivados de la utilización de la aplicación.
Séptima. Protección de datos.
La gestión de los datos obrantes en cada registro se llevará a cabo de acuerdo con lo
previsto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
cve: BOE-A-2025-3392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 44