Tribunal Constitucional. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-3334)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 23414
4. El traslado que se derive de la resolución del presente concurso tendrá la
consideración de voluntario y, en consecuencia, no generará derecho a indemnización.
Sexta.
1. El funcionario/a seleccionado quedará adscrito al Tribunal Constitucional en las
condiciones previstas en su Reglamento de Organización y Personal y pasará a la
situación administrativa que corresponda en su cuerpo o escala de procedencia, no
pudiendo participar en ningún concurso que se convoque dentro de los dos años
siguientes a su toma de posesión.
2. El funcionario/a seleccionado percibirá las retribuciones con arreglo al régimen
establecido para los funcionarios al servicio del Tribunal Constitucional en su
Reglamento de Organización y Personal, los Acuerdos del Pleno reguladores de la
materia y demás normativa de aplicación.
Séptima.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la
posible interposición, con carácter potestativo, del recurso de reposición en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la referida publicación ante el mismo órgano
que la ha dictado (Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, 12 de febrero de 2025.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido
Conde-Pumpido Tourón.
ANEXO I
Características del puesto de trabajo
* El régimen retributivo de los funcionarios/as al servicio del Tribunal Constitucional es el previsto en el
artículo 96 de su Reglamento de Organización y Personal, aprobado por Acuerdo del Pleno de 5 de julio
de 1990 (BOE de 3 de agosto), y el Acuerdo del Pleno del Tribunal de 19 de diciembre de 2002 (BOE de 24 de
diciembre), por el que se regula el régimen de retribuciones del personal al servicio del Tribunal Constitucional.
En su virtud, la retribución bruta del puesto convocado (sin trienios) es de 53.479,44 euros anuales a la fecha
de la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-3334
Verificable en https://www.boe.es
Denominación del puesto de trabajo: Gestor.
Número de puestos de trabajo: Uno.
Adscripción: Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia.
Complemento de destino*: 34.910,26 euros (14 mensualidades).
Complemento específico: Puesto sin complemento específico asignado.
Funciones: Con arreglo a lo prevenido en el artículo 46.2 del Reglamento de
Organización y Personal del Tribunal Constitucional, desempeñará las tareas que se le
asignen en el Tribunal Constitucional, de conformidad con su nivel de titulación y en
analogía con las que correspondan a los funcionarios/as de su cuerpo de procedencia.
Asimismo, la asignación del funcionario/a o trabajador/a a un servicio, unidad o
dependencia concreta, dentro del Tribunal Constitucional, se decidirá por el secretario
general, de acuerdo con las necesidades del servicio, de conformidad con el
artículo 62.1 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.
Núm. 44
Jueves 20 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 23414
4. El traslado que se derive de la resolución del presente concurso tendrá la
consideración de voluntario y, en consecuencia, no generará derecho a indemnización.
Sexta.
1. El funcionario/a seleccionado quedará adscrito al Tribunal Constitucional en las
condiciones previstas en su Reglamento de Organización y Personal y pasará a la
situación administrativa que corresponda en su cuerpo o escala de procedencia, no
pudiendo participar en ningún concurso que se convoque dentro de los dos años
siguientes a su toma de posesión.
2. El funcionario/a seleccionado percibirá las retribuciones con arreglo al régimen
establecido para los funcionarios al servicio del Tribunal Constitucional en su
Reglamento de Organización y Personal, los Acuerdos del Pleno reguladores de la
materia y demás normativa de aplicación.
Séptima.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la
posible interposición, con carácter potestativo, del recurso de reposición en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la referida publicación ante el mismo órgano
que la ha dictado (Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, 12 de febrero de 2025.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido
Conde-Pumpido Tourón.
ANEXO I
Características del puesto de trabajo
* El régimen retributivo de los funcionarios/as al servicio del Tribunal Constitucional es el previsto en el
artículo 96 de su Reglamento de Organización y Personal, aprobado por Acuerdo del Pleno de 5 de julio
de 1990 (BOE de 3 de agosto), y el Acuerdo del Pleno del Tribunal de 19 de diciembre de 2002 (BOE de 24 de
diciembre), por el que se regula el régimen de retribuciones del personal al servicio del Tribunal Constitucional.
En su virtud, la retribución bruta del puesto convocado (sin trienios) es de 53.479,44 euros anuales a la fecha
de la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-3334
Verificable en https://www.boe.es
Denominación del puesto de trabajo: Gestor.
Número de puestos de trabajo: Uno.
Adscripción: Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia.
Complemento de destino*: 34.910,26 euros (14 mensualidades).
Complemento específico: Puesto sin complemento específico asignado.
Funciones: Con arreglo a lo prevenido en el artículo 46.2 del Reglamento de
Organización y Personal del Tribunal Constitucional, desempeñará las tareas que se le
asignen en el Tribunal Constitucional, de conformidad con su nivel de titulación y en
analogía con las que correspondan a los funcionarios/as de su cuerpo de procedencia.
Asimismo, la asignación del funcionario/a o trabajador/a a un servicio, unidad o
dependencia concreta, dentro del Tribunal Constitucional, se decidirá por el secretario
general, de acuerdo con las necesidades del servicio, de conformidad con el
artículo 62.1 del Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.