Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-3373)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Superior de Ciencia y Tecnología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 23503

equivalente en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones equivalentes a las
asignadas en la Universidad a la Escala Técnica Superior de Ciencia y Tecnología,
especialidad Edificación y Obra Civil, a razón de 0,34 puntos por mes completo de
servicio, hasta un máximo de 20 puntos.
La acreditación de las funciones desarrolladas en el puesto de trabajo se realizará
mediante certificado firmado por la autoridad competente.
B) Acreditación de una titulación académica diferente a la exigida en el proceso
selectivo, mediante la certificación de un nivel de correspondencia del Marco Europeo de
Cualificaciones (MECES), con un máximo de 3 puntos:
– 3 puntos: Título de Doctor o nivel 4 del MECES.
– 1,5 puntos: Título de Máster universitario, título de Máster en Enseñanzas
Artísticas, título de Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al
menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de
cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades, títulos declarados
equivalentes a nivel 3 del MECES.
A los efectos anteriores, se tendrán en cuenta las equivalencias de títulos legalmente
reconocidas. El nivel MECES debe ser acreditado mediante certificado de
correspondencia expedido por el ministro de Educación.
En este apartado sólo se valorará la titulación mayor de las aportadas por los
aspirantes.
2. La calificación final del proceso vendrá dada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso del proceso selectivo. En
ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la
superación de la fase de oposición.
3. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los
siguientes criterios:
a) La mayor puntuación obtenida por las personas aspirantes en el primer ejercicio
de la fase de oposición.
b) La mayor puntuación obtenida por las personas aspirantes en el segundo
ejercicio de la fase de oposición.
c) La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
d) En caso de persistir, se resolverá por orden alfabético de apellidos comenzando
por la letra señalada en la base 7.1.
ANEXO II
Programa de materias
Escala Técnica Superior de Ciencia y Tecnología, Especialidad Edificación y Obra Civil
A)

Parte general

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 2. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley.
Las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El
reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.
Tema 3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De los interesados en el
procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas: Derechos de las
personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas; Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las administraciones Públicas. De los actos
administrativos.

cve: BOE-A-2025-3373
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Núm. 44